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rosario, Argentina
La (CTC) es un organismo de derchos humanos con el fin tutelar y promover los derechos de las personas privadas de la libertad.Es parte de la comisión investigadora no gubernamental de los crímenes de diciembre de 2001. Intervino en varios programas de prevención de vih-sida en lugares de encierro,en el año 1997 se presenta un habeas corpus por las condiciones de detención de las mujeres en la alcaidia de jefatura logrando el cierre de la misma.en 2006 se inició una denuncia ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos por la situación de los niños y jóvenes privados de la libertad en el IRAR, denuncia abierta contar el Estado. Se obtuvo sentencia favorable en un habeas corpus general contra las comisarías en Rosario pidiendo la ilegalidad de la detención en dependencias policiales. Entre otras actividades en común con otras organizaciones sociales, personas privadas de la libertad y otros organismos de derechos humanos.

jueves, 14 de marzo de 2013

Informe sobre la situación de las personas privadas de libertad en Santa Fe

 
En el año 2004, luego de reclamar por años por la situación de las personas privadas de libertad en comisarías, iniciamos una acción de Habeas Corpus, para que el Poder Judicial ponga fin a tan denigrante práctica que sometía a condiciones inhumanas a una gran cantidad de personas.
La cuestión, no se centra únicamente en el número de detenidos, sino en las condiciones de las comisarías, que conforme surge de la información arrimada, al expediente judicial, del relevamiento realizado por comisaría, por la propia dirección de Arquitectura de la Policía, la mayoría es inadecuada para alojar personas, sus condiciones son malas o regulares. Las únicas que se determinaron como buenas, son las alcaidías y lo que era en su momento el CAT, (Centro de Atención transitoria, para menores ubicado en calle Dorrego).-
La inhabitabilidad de las comisarías se agrava aún más cuando se hacina a la gente, haciendo convivir un número mayor a su capacidad.
En el año 2004, en 38 comisarías de Rosario y el Gran Rosario, padecían entre 1000 y 1100 personas. En un 79% de las Comisarías la población triplicaba su capacidad. Y en un 40% del total la quintuplicaba.-
En noviembre de 2007, la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Sala I, revoca la sentencia de primera Instancia, hace lugar al Habeas Corpus y resuelve “1) Revocar la resolución impugnada y hacer lugar al habeas corpus correctivo colectivo, ordenando al Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto de la provincia que, en lo inmediato, distribuya los excedentes de población de privados de libertad actualmente existentes en las seccionales de la Unidad Regional II, a otras unidades de detención de la región o, en su caso, de todo el sistema provincial y, en lo mediato, culmine el proceso de distribución de modo que dichas reparticiones no se conviertan en establecimientos de privación de libertad permanentes. Dentro del término de diez días, el Poder Ejecutivo deberá informar lo actuado en lo inmediato, el panorama existente y restante y la prospectiva de culminación de la distribución conforme a las actuales infraestructuras y al estado de desarrollo de los proyectos de ampliación que exigen una rápida conclusión y habilitación;”
Desde ese año, comenzó a disminuir la cantidad de personas privadas de libertad, pero también se limitó la cantidad de comisarías.
Así mientras que en 2004 en 38 comisarías se distribuían aproximadamente 1100, presos en 2009 el número total de detenidos rondo los 500, en 29 comisarías. Este año las que quintuplicaban su capacidad eran un 10% y las que triplicaban eran un 27%.-
En el año 2010, comienza nuevamente a incrementarse el número de personas privadas de libertad en Comisarías entre 650 y 700 detenidos, en 29 comisarías. Donde nuevamente casi un 50% de las comisarías triplica su capacidad y un 20% las quintuplica, por este motivo, dirigimos un pedido  a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia donde “solicitábamos la intervención del Área de Seguimiento de las Condiciones de detención o cualquier otra forma de encierro, en forma conjunta con el Sr. Vocal Coordinador de la Cámara de Apelaciones, con el objeto de monitorear el cumplimiento de la resolución Judicial dictada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal en autos HABEAS CORPUS a favor de todos los detenidos de la Unidad Regional II de la Policía de la Provincia de Santa Fe, a fin de habilitar una instancia de dialogo, que posibilite buscar soluciones a distintas problemáticas que se presentan en Comisarías y principalmente garantizar la salud y la vida de las personas privadas de la libertad en ellas.- La Corte respondió que el seguimiento sería realizado conforme se le solicitara al Sr. Procurador a través del Agente Fiscal.
Se produce una nueva baja en la cantidad de detenidos del año 2011, promediando los 550, en 29 comisarías.
Durante el año 2012, nuevamente la población aumentó ubicándose entre las 600 y las 700 personas en 26 Comisarías.
En la actualidad, conforme datos oficiales, al día 8/2/2013 había 684 detenidos en 26 de comisarías de Rosario y el  Gran Rosario, un 54% de ellas triplica su capacidad,  y un 27% la quintuplica.
En todos estos años, pese a la orden judicial, emitida en el año 2007, ante la falta de eficacia de la misma, se han sucedido innumerable cantidad de habeas corpus, por comisarías.
En todo momento hemos mantenido nuestro reclamo, para terminar con esta situación denigrante. En los últimos tiempos hemos remarcado la gravedad de la situación atento el aumento del número de conflictos en las distintas seccionales, donde por ahora se ha evitado la muerte de alguien y daños graves.
La solución lleva décadas de atraso, pero más marcado desde la resolución judicial, donde ha quedado plasmada, la ilegalidad de la situación reinante.-
Nuevamente, volvemos a reclamar el involucramiento de los 3 poderes del Estado, pero principalmente el Ejecutivo y el Judicial, para terminar con esta realidad. Nuevamente reclamamos, como oportunamente solicitamos a la Corte, la constitución de una mesa de dialogo donde se trabaje para poner fin a los penales de las comisarías como funcionan en la actualidad, como centros de detención y trabajar en forma urgente en las condiciones de vida y salud de quienes padezcan esta forma de detención.
Destacamos que el 88% de las personas privadas de libertad en comisarías, gozan del principio de inocencia, ya que no se encuentran condenadas, por ello podemos destacar que parte del problema de sobrepoblación y hacinamiento se origina en el abuso de la prisión preventiva.-
Los datos numéricos y fríos expuestos más arriba implican distintas clases de conflictos en las comisarías, falta de higiene y comida escasa y en mal estado, torturas, más una ausencia total de la atención a la salud. Todo ello configura un panorama inaceptable, que transgrede todos los estatutos nacionales  e internacionales del tratamiento a las personas privadas de la libertad. Diferentes motines en los últimos meses grafican la situación de indefensión y tortura  permanentes en los lugares de encierro, no hablamos desde generalidades, sino desde hechos puntuales, las fotos adjuntadas lo grafican. Pero más allá de eso. El hacinamiento, la humedad, la falta de luz solar conforman un panorama que habla de la situación subhumana a la que están sometidos las personas privadas de la libertad.-
No es mejor la situación de quien se encuentra en una cárcel.
En el sistema penitenciario, la precariedad, la falta de política pública, que se traduce en un presupuesto cero para las unidades penitenciarias de la provincia, hablan de la liviandad con la que se toman los parámetros internacionales sobre las personas privadas de libertad, pero a veces las palabras sobran cuando los hechos demuestran fehacientemente esta situación: 3 muertes ocurridas en este comienzo año en las cárceles de la provincia. Esta falta de respeto al derecho  a la vida y a la integridad física, tiene su concreción en los hechos de tortura, en el hacinamiento, en las muertes por ahorcamiento y en los intentos de suicidio del Irar. Hoy  es parte fundamental de la agenda política el tema de la seguridad. Estos hechos hablan de la superficialidad con que se  toma dicho tema con respecto a la situación descripta y la seguridad de toda la población.
La nula inversión, la falta de una política seria en materia de seguridad conlleva a la falta de herramientas brindadas a los internos  en educación,  formación en oficios trabajo, y el hecho grave de los que están trabajando lo hacen bajo un régimen de trabajo esclavo llamado peculio, donde el trabajo no es debidamente remunerado y donde poco se cumplen las reglas de seguridad laboral Mientras la ley de ejecución penal dictada por el congreso de la Nación establece los derechos laborales de quien se encuentra privado de libertad, nuestra provincia al adherir a la misma, “omitió” estos derechos fundamentales, estableciendo condiciones laborales indignas, para quien se encuentra privado de la libertad.
Las muertes en estos primeros meses del año, los intentos de suicidio, las torturas demuestran que el discurso de los derechos humanos y garantías no basta cuando en los hechos se violan permanentemente los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, circunstancia que, sin lugar a dudas, influye directamente en la problemática de la seguridad, reclamada por la población.
Tampoco se conocen estadísticas oficiales sobre los heridos y la personas internadas por intentos de suicidio y autoflagelaciones y maltrato directo por parte del personal, que han llegado incluso a cuadros de internación en terapia intensiva. Demás está decir que no existe un dispositivo efectivo para las persona privadas de la libertad en cuanto a las adicciones, cuando este tema se agrava   día a día.
Como organización de derechos humanos, hemos intervenido en innumerables situaciones de conflicto evitando, graves daños. Resulta manifiesta y lamentable la falta de organismos públicos específicos, en esta materia. Ni la Secretaría de Derechos Humanos, ni la Defensoría del Pueblo, tienen un rol activo en esta problemática. Y desgraciadamente la intervención de la primera tiene en general por objeto invisibilizar el conflicto m que darle solución.-
Obra en poder de los legisladores provinciales una herramienta fundamental, como lo es la implementación del Mecanismo para la prevención de la tortura para la provincia, que ya está establecido a nivel nacional y que se origina en el compromiso asumido por nuestro país al suscribir el protocolo adicional de la Convención contra la Tortura.- Es necesario que el mecanismo a crearse resulte independiente de los poderes constituido, y que disponga de los medios necesarios para ser ejecutivo y efectivo en la prevención  de la tortura. Por ello también hacemos un llamado a los legisladores, para avanzar en esta cuestión, poniéndonos a disposición para acercar nuestro aporte, con el fin que la provincia tenga un Mecanismo de prevención, que cumplimente de manera efectiva su misión.-
Es fundamental, que esta situación sea tenida en cuenta por los jueces al disponer prisiones preventivas, teniendo en cuenta que se priva de libertad a quien todavía no se le acreditó la comisión de un delito. Pero también por los jueces de ejecución al momento de tener que otorgar los beneficios de la ley de ejecución penal, ya que en este último caso sobre todo cuando ya existe condena, la persona privada de libertad se ve obligada a cumplir con requisitos para obtener los beneficios, pero no está la contrapartida estatal de brindar las herramientas necesarias, para volver a la vida en sociedad.-
La problemática de las personas privadas de libertad, merece un debate serio, humano y urgente que no puede tener más dilaciones. Porque esta problemática relegada desde las autoridades encargadas de la seguridad influye directamente sobre la seguridad de la población.

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