Quienes somos

Mi foto
rosario, Argentina
La (CTC) es un organismo de derchos humanos con el fin tutelar y promover los derechos de las personas privadas de la libertad.Es parte de la comisión investigadora no gubernamental de los crímenes de diciembre de 2001. Intervino en varios programas de prevención de vih-sida en lugares de encierro,en el año 1997 se presenta un habeas corpus por las condiciones de detención de las mujeres en la alcaidia de jefatura logrando el cierre de la misma.en 2006 se inició una denuncia ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos por la situación de los niños y jóvenes privados de la libertad en el IRAR, denuncia abierta contar el Estado. Se obtuvo sentencia favorable en un habeas corpus general contra las comisarías en Rosario pidiendo la ilegalidad de la detención en dependencias policiales. Entre otras actividades en común con otras organizaciones sociales, personas privadas de la libertad y otros organismos de derechos humanos.

miércoles, 21 de julio de 2010

HUELGA DE HAMBRE Y DE TALLERES EN CORONDA

Petitorio


Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe
Dr. Hermes Binner
S / D


En su totalidad los internos alojados en la Unidad 1 de Coronda, alojados en el modulo Sur y Norte, pabellones: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 de la misma, venimos ante Ud. a plantear lo que abajo detallamos y consideramos ajustado a derecho:

La ley penitenciaria establece que el régimen de progresividad será tendiente a la reeducación y resocialización de los internos alojados en instituciones de régimen cerrado, semi abierto, etc.

Ahora bien, la función penitenciaria debe ser siempre direccionada hacia el mejoramiento de los lazos familiares y hacer que el detenido comprenda los alcances de la ley, por ende, del delito y sus consecuencias. Nunca debe ser el tratamiento penitenciario direccionado al avasallamiento de los derechos no conculcados por la condena que es contrario a lo establecido en las leyes y en la constitución nacional que ya en la primer redacción del año 1853 estableció que: “Las cárceles serán sanas y limpias, para resocialización y no para castigo de los reos…”

Así las cosas, entendemos que en la unidad 1 del SP se violan todos los derechos de los aquí alojados. Por cuanto consideramos dar un vuelco en la forma de manejarnos de no obtener respuesta a nuestros reclamos, siempre en forma pacifica y adecuando nuestros reclamos a las reglamentaciones vigentes. Como medida, adoptamos en total acuerdo con la comunidad carcelaria, ajustarnos a una huelga de hambre que dará comienzo a partir del próximo lunes 19 del corriente mes.

Esta huelga se realizara de forma totalmente pacifica y con apertura al dialogo, entre los manifestantes y las autoridades del SP y gubernamentales, a quienes invitamos hacerse presentes, dado que junto a nosotros, son los responsables de mantener la paz y el bienestar en la comunidad carcelaria, los días que consideremos necesarios hasta recibir respuestas a nuestros justos reclamos que a continuación le detallamos.

Atento a ello, pretendemos que vuestra dirección analice varios puntos a saber:
1. Fijacion de Penas: Por la fijación de penas a los internos que necesitan saber la fecha de su condena.
2. Conmutaciones de Penas y Rebajas: la cual nos pertenece como lo declara la Constitución Nacional.
3. Libertad Condicional: Libertad Condicional para los reincidentes la cual se viene otorgando por determinados magistrados cuando el Art. 14 del CP es inaplicable al caso concreto. Exigimos la modificación de este articulo en cuanto prohíbe otorgar el beneficio de la libertad condicional a los reincidentes por ser inconstitucional atento violar el principio del nom bis in idem.
4. Salidas Transitorias: Se de cumplimiento al régimen de progresividad dispuesto, elevando las propuestas de salidas transitorias en tiempo y forma. Revocar la aplicación en el régimen de salidas transitorias a un régimen normal y progresivo. Cambio de la modalidad sobre las salidas transitorias que incompetentemente aplica el Dr. Julio Arri.
5. Progresividad: Se respete el régimen de progresividad, por ende, se proponga a los internos a las distintas fases del tratamiento penitenciario conforme a las reglamentaciones vigentes.
6. Derogación de la Ley Nº 25.892 “Ley Blumberg”: Derogación de la ley nº 25.892 , declararla inconstitucional por ser contraria al principio de resocialización, proporcionalidad y progresividad de las penas.

Aclaramos que la huelga es una medida totalmente pacífica y que estamos, como siempre dispuestos al dialogo. Solicitando así que se mantenga el mismo régimen de horario de cada pabellón a lo que se refiere al horario de recreación. Y que también a los internos que se encuentren actualmente gozando de sus Salidas Transitorias no tengan ningún perjuicio en las mismas.

Siendo todo cuanto debemos plantear ante Ud. dejamos hecho el reclamo y quedamos a la espera de una reunión con Ud. y el señor Secretario de Asuntos Penitenciarios Dr. Leandro Corti para una mejor contemplación de la actual condición de los alojados en esta unidad Penal, quedando abiertos al dialogo en forma permanente.

En espera de una respuesta favorable lo saludamos muy atentamente.



No hay comentarios:

Publicar un comentario