Comunicamos el dia lunes 22 de noviembre falleció un interno de la carcel de piñero por heridas cortopunzantes, Herrera Cristian permanecia internado desde el dia viernes.
HUELGA GENERAL EN PIÑERO
PETITORIO
1- Que se cumpla el compromiso fijado con respecto al juzgado de ejecución el 4 de agosto en acta de acuerdo por la suspensión de la huelga
2- Modificación en cuanto a la modalidad que implique reinserción grado de estudio.
3- Intervención mediadora de la CTC en reunión general de todos los delegados con las autoridades del penal y dirección general.
4- Que las mesas de dialogo tengan algún resultado positivo y las autoridades capacidad resolutiva para que no se conviertan en una serie de pedidos de los internos que se resuelven.
5- Que la faz de confianza sea con trabajo extramuro real.
6- Al no haber ninguna asistencia legal nos encontramos en estado de indefensión.
7- Mayor compromiso del EARS
8- Trato humano
9- Modificación del peculio para que lo que ganen los internos sea una cifra digna.
10- Se fije una política que apunte a resocializar y rehabilitar por medio del trabajo, estudio y del deporte ya que la mayor parte del día se permanece en encierro.
Los internos del pabellón 8 se comunicaron con la CTC ya que la mitad de los integrantes del mismo se encuentran desde el día jueves con síntomas que incluyen fiebre, vómitos, dolor de cabeza, ganglios inflamados y dolores musculares. Uno de ellos fue internado según nos comunican de dirección general con neumonía. Los internos manifiestan encontrarse sin atención medica, abandonados a su suerte y con preocupación de que enfermedad los aflige. En el día de ayer supimos que el interno que estaba internado con neumonia tiene tuberculosis.
Quienes somos

- CTC
- rosario, Argentina
- La (CTC) es un organismo de derchos humanos con el fin tutelar y promover los derechos de las personas privadas de la libertad.Es parte de la comisión investigadora no gubernamental de los crímenes de diciembre de 2001. Intervino en varios programas de prevención de vih-sida en lugares de encierro,en el año 1997 se presenta un habeas corpus por las condiciones de detención de las mujeres en la alcaidia de jefatura logrando el cierre de la misma.en 2006 se inició una denuncia ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos por la situación de los niños y jóvenes privados de la libertad en el IRAR, denuncia abierta contar el Estado. Se obtuvo sentencia favorable en un habeas corpus general contra las comisarías en Rosario pidiendo la ilegalidad de la detención en dependencias policiales. Entre otras actividades en común con otras organizaciones sociales, personas privadas de la libertad y otros organismos de derechos humanos.
viernes, 26 de noviembre de 2010
miércoles, 17 de noviembre de 2010
la ctc pide intervencion de la corte suprema de justicia de la provincia
La coordinadora de trabajo carcelario mediante una nota presentada en día de la fecha solicita intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia por condiciones inhumanas de detención en comisarías, en el IRAR (Instituto de Recuperación del Adolescente de Rosario) y deficiente atención por parte del Ministerio de Salud y del DIS (Dispositivo Interdisciplinario de Salud Mental) a las personas privadas de la libertad hecho que provocó innumerables situaciones zozobra y riesgo de distinta magnitud a los internos, sus compañeros de cautiverio y sus allegados. En estos últimos meses el fallecimiento de 2 personas por meningitis tuberculosa y otra que esta en una delicada situación con TBC corrobora las enormes deficiencias en la atención de salud.
En este escrito se reitera a la Corte suprema de Justicia de Santa Fe el pedido de intervención del Área de Seguimiento de las Condiciones de detención
Las últimas notas a la Corte fueron presentadas los días 27 de abril de 2010 y el 16 de septiembre de 2010 sin obtener respuesta alguna.
En la primera de ellas, se solicitaba la intervención del Área de Seguimiento de las Condiciones de detención o cualquier otra forma de encierro, en forma conjunta con el Sr. Vocal Coordinador de la Cámara de Apelaciones, con el objeto de monitorear el cumplimiento de la resolución Judicial dictada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal en autos HABEAS CORPUS a favor de todos los detenidos de la Unidad Regional II de la Policía de la Provincia de Santa Fe, a fin de habilitar una instancia de dialogo, que posibilite buscar soluciones a distintas problemáticas que se presentan en Comisarías y principalmente garantizar la salud y la vida de las personas privadas de la libertad en ellas.-
Desde la presentación de dicha nota y ante el incremento de la población en las dependencias policiales, esta organización ha intervenido en conflictos, en la Comisarías 16, 30, 5ta, 4ta, 12, 9na, etc.- Asimismo existen órdenes judiciales originadas por habeas corpus presentados por familiares o defensores. Por ello, así como oportunamente interpusimos, el Habeas corpus general, hoy solicitamos la intervención del Alto Cuerpo para el cumplimento de la resolución judicial, a fin de ir buscando soluciones a esta grave situación.-
SALUD
Por otra parte, la cuestión se agrava, ante las lamentables condiciones de salubridad en las dependencias policiales y al incremento de casos de tuberculosis, ello requiere la mayor de las atenciones, y un tratamiento especial, ya que ante la existencia de casos, que se detectan en ocasiones en forma tardía, se pone en riesgo de contagio, a los internos que conviven con quien padece la patología, como asimismo al personal que lo custodia lo cual deriva en el aumento de casos de TBC.
En lo que va del año, han fallecido dos personas por meningitis tuberculosa, por falta de atención oportuna, uno que se encontraba alojado en Piñero, y otro que luego de estar en la comisaría 24 fue alojado en Alcaidía.- Desde ambas instituciones policiales fue derivado a distintos centros asistenciales donde no tuvo la atención adecuada, sus familiares batallaron por 2 meses “mendigando” atención de salud, y cuando llegó, fue tarde para revertir el cuadro. Estas negligencias, señalando solo las ultimas, terminaron provocando el fallecimiento de estas personas lo que constituye un hecho no solo doloroso sino de una gran discriminación hacia las personas privadas de la libertad que atraviesan diferentes enfermedades en los lugares de encierro.-De hecho esta situación ha provocado situaciones muy graves que en algunos casos pusieron en peligro la vida de las personas que padecen alguna enfermedad, con la consiguiente angustia de sus familiares y compañeros de encierro, en otros casos ocasionaron lisa y llanamente el fallecimiento de personas.
En la actualidad, existe otro interno con TBC, que estuvo inicialmente en la comisaría 2, donde convivía en una misma celda con 5 internos, que pese a nuestro reclamo para que fuera internado en condiciones acorde a su estado de salud, fue alojado primero en Alcaidía, luego en la Cárcel de Piñero, para tener que ser hospitalizado urgentemente y ello pese a que solicitamos la intervención del Ministerio de Salud, actuando en forma, sin lugar a dudas negligente el Dispositivo Interdisciplinario de Salud (DIS), creado en el ámbito del ministerio de salud, para intervenir en los casos de las personas privadas de libertad.-
El tema reviste la suficiente gravedad como para ser abordado con premura, ya que se encuentran violentados los derechos básicos de las personas privadas de la libertad, en cuanto como sostuvo la Relatoría Sobre Los Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad. De La Comisión Interamericana De Derechos Humanos, con relación a las comisarías de la provincia de Buenos Aires situación idéntica a las comisarías Dependientes de URII :
“Resulta igualmente preocupante el mal estado general de las estructuras e instalaciones físicas, particularmente, de las sanitarias, hidráulicas, eléctricas y de internamiento. Las condiciones de alojamiento son incompatibles con el principio de trato humano que deben recibir todas las personas privadas de libertad. Estas deben disponer de espacio suficiente, exposición diaria a la luz natural, ventilación y calefacción apropiadas, según las condiciones climáticas del lugar de privación de libertad. Además, deben tener acceso a instalaciones sanitarias higiénicas y en cantidad suficiente para todas las personas detenidas; a productos básicos de higiene personal; y agua para su aseo personal. Al respecto, la Relatoría pudo constatar que algunas de las estructuras físicas de los centros de detención son muy antiguas y requieren de sustanciales trabajos de reparación, adecuación y mantenimiento. Particularmente en el caso de las comisarías se pudo observar que los lugares utilizados para la detención de personas no eran recintos diseñados originalmente para este fin, sino de estructuras diseñadas para otros fines modificadas posteriormente.” Y específicamente con relación a la cuestión salud sostuvo: “La Relatoría quiere destacar que las personas privadas de libertad tienen derecho a la salud, en particular, a la atención médica, psiquiátrica y odontológica adecuada; a la disponibilidad permanente de personal médico idóneo e imparcial; y al acceso a tratamiento y medicamentos apropiados y gratuitos. Además, se recomienda al Estado proveer atención médica regular a las personas detenidas en dependencias policiales.” (Comunicado de prensa Nro. 64/2010 de fecha 21/6/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos).-
En el mismo sentido y con relación a la nota ingresada a la Corte el 16 de septiembre, resulta necesaria la intervención para garantizar los derechos de los jóvenes privados de libertad en el IRAR, ya que las recomendaciones emitidas por la Comisión de Seguimiento creada a instancia de este Alto Cuerpo en el expediente Nro. 575/07, han sido desoídas por las actuales autoridades, manteniendo a los chicos en una estado total de indignidad.-
Todo lo expuesto indica violaciones a los derechos humanos básicos de toda persona, más allá de las distintas intervenciones, denuncias públicas y judiciales de esta ONG no se ha conseguido una respuesta rápida y eficaz del gobierno de la Provincia, así tampoco del poder judicial, con la salvedad de la correcta actuación de los defensores generales.
Algunas instancias como la Comisión de Derechos y Garantías de la cámara de Diputados o la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia tampoco han intervenido de manera eficaz.
Adjuntamos un cuadro de ocupación de las comisarías de la Unidad Regional II y detalle de las condiciones de habitabilidad de las mismas confeccionado conforme información oficial que obra en el expediente de habeas corpus.
En este escrito se reitera a la Corte suprema de Justicia de Santa Fe el pedido de intervención del Área de Seguimiento de las Condiciones de detención
Las últimas notas a la Corte fueron presentadas los días 27 de abril de 2010 y el 16 de septiembre de 2010 sin obtener respuesta alguna.
En la primera de ellas, se solicitaba la intervención del Área de Seguimiento de las Condiciones de detención o cualquier otra forma de encierro, en forma conjunta con el Sr. Vocal Coordinador de la Cámara de Apelaciones, con el objeto de monitorear el cumplimiento de la resolución Judicial dictada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal en autos HABEAS CORPUS a favor de todos los detenidos de la Unidad Regional II de la Policía de la Provincia de Santa Fe, a fin de habilitar una instancia de dialogo, que posibilite buscar soluciones a distintas problemáticas que se presentan en Comisarías y principalmente garantizar la salud y la vida de las personas privadas de la libertad en ellas.-
Desde la presentación de dicha nota y ante el incremento de la población en las dependencias policiales, esta organización ha intervenido en conflictos, en la Comisarías 16, 30, 5ta, 4ta, 12, 9na, etc.- Asimismo existen órdenes judiciales originadas por habeas corpus presentados por familiares o defensores. Por ello, así como oportunamente interpusimos, el Habeas corpus general, hoy solicitamos la intervención del Alto Cuerpo para el cumplimento de la resolución judicial, a fin de ir buscando soluciones a esta grave situación.-
SALUD
Por otra parte, la cuestión se agrava, ante las lamentables condiciones de salubridad en las dependencias policiales y al incremento de casos de tuberculosis, ello requiere la mayor de las atenciones, y un tratamiento especial, ya que ante la existencia de casos, que se detectan en ocasiones en forma tardía, se pone en riesgo de contagio, a los internos que conviven con quien padece la patología, como asimismo al personal que lo custodia lo cual deriva en el aumento de casos de TBC.
En lo que va del año, han fallecido dos personas por meningitis tuberculosa, por falta de atención oportuna, uno que se encontraba alojado en Piñero, y otro que luego de estar en la comisaría 24 fue alojado en Alcaidía.- Desde ambas instituciones policiales fue derivado a distintos centros asistenciales donde no tuvo la atención adecuada, sus familiares batallaron por 2 meses “mendigando” atención de salud, y cuando llegó, fue tarde para revertir el cuadro. Estas negligencias, señalando solo las ultimas, terminaron provocando el fallecimiento de estas personas lo que constituye un hecho no solo doloroso sino de una gran discriminación hacia las personas privadas de la libertad que atraviesan diferentes enfermedades en los lugares de encierro.-De hecho esta situación ha provocado situaciones muy graves que en algunos casos pusieron en peligro la vida de las personas que padecen alguna enfermedad, con la consiguiente angustia de sus familiares y compañeros de encierro, en otros casos ocasionaron lisa y llanamente el fallecimiento de personas.
En la actualidad, existe otro interno con TBC, que estuvo inicialmente en la comisaría 2, donde convivía en una misma celda con 5 internos, que pese a nuestro reclamo para que fuera internado en condiciones acorde a su estado de salud, fue alojado primero en Alcaidía, luego en la Cárcel de Piñero, para tener que ser hospitalizado urgentemente y ello pese a que solicitamos la intervención del Ministerio de Salud, actuando en forma, sin lugar a dudas negligente el Dispositivo Interdisciplinario de Salud (DIS), creado en el ámbito del ministerio de salud, para intervenir en los casos de las personas privadas de libertad.-
El tema reviste la suficiente gravedad como para ser abordado con premura, ya que se encuentran violentados los derechos básicos de las personas privadas de la libertad, en cuanto como sostuvo la Relatoría Sobre Los Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad. De La Comisión Interamericana De Derechos Humanos, con relación a las comisarías de la provincia de Buenos Aires situación idéntica a las comisarías Dependientes de URII :
“Resulta igualmente preocupante el mal estado general de las estructuras e instalaciones físicas, particularmente, de las sanitarias, hidráulicas, eléctricas y de internamiento. Las condiciones de alojamiento son incompatibles con el principio de trato humano que deben recibir todas las personas privadas de libertad. Estas deben disponer de espacio suficiente, exposición diaria a la luz natural, ventilación y calefacción apropiadas, según las condiciones climáticas del lugar de privación de libertad. Además, deben tener acceso a instalaciones sanitarias higiénicas y en cantidad suficiente para todas las personas detenidas; a productos básicos de higiene personal; y agua para su aseo personal. Al respecto, la Relatoría pudo constatar que algunas de las estructuras físicas de los centros de detención son muy antiguas y requieren de sustanciales trabajos de reparación, adecuación y mantenimiento. Particularmente en el caso de las comisarías se pudo observar que los lugares utilizados para la detención de personas no eran recintos diseñados originalmente para este fin, sino de estructuras diseñadas para otros fines modificadas posteriormente.” Y específicamente con relación a la cuestión salud sostuvo: “La Relatoría quiere destacar que las personas privadas de libertad tienen derecho a la salud, en particular, a la atención médica, psiquiátrica y odontológica adecuada; a la disponibilidad permanente de personal médico idóneo e imparcial; y al acceso a tratamiento y medicamentos apropiados y gratuitos. Además, se recomienda al Estado proveer atención médica regular a las personas detenidas en dependencias policiales.” (Comunicado de prensa Nro. 64/2010 de fecha 21/6/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos).-
En el mismo sentido y con relación a la nota ingresada a la Corte el 16 de septiembre, resulta necesaria la intervención para garantizar los derechos de los jóvenes privados de libertad en el IRAR, ya que las recomendaciones emitidas por la Comisión de Seguimiento creada a instancia de este Alto Cuerpo en el expediente Nro. 575/07, han sido desoídas por las actuales autoridades, manteniendo a los chicos en una estado total de indignidad.-
Todo lo expuesto indica violaciones a los derechos humanos básicos de toda persona, más allá de las distintas intervenciones, denuncias públicas y judiciales de esta ONG no se ha conseguido una respuesta rápida y eficaz del gobierno de la Provincia, así tampoco del poder judicial, con la salvedad de la correcta actuación de los defensores generales.
Algunas instancias como la Comisión de Derechos y Garantías de la cámara de Diputados o la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia tampoco han intervenido de manera eficaz.
Adjuntamos un cuadro de ocupación de las comisarías de la Unidad Regional II y detalle de las condiciones de habitabilidad de las mismas confeccionado conforme información oficial que obra en el expediente de habeas corpus.
viernes, 12 de noviembre de 2010
CUERPOS RIGUROSAMENTE VIGILADOS
Afirma el Ministro de Justicia y Derechos Humanos "Una parte de la sociedad pide mano dura con los pibes y otros denuncian malos tratos"
¿Desde que lugar denuncia la Coordinadora de Trabajo Carcelario “malos tratos”´?
El Ministro Superti explica en la nota publicada en el diario Rosario/12 del domingo 17 de octubre de 2010, como va a ser el nuevo edificio donde funcionará el IRAR, previa información del tiempo que demandará su puesta en marcha y ejecución y la especial atención que se puso en “el mientras tanto”, preocupación absolutamente atinada teniendo en cuenta que se han cumplidos tres años de gestión, en cuyo inicio el tiempo planificado para el cierre del edificio fue de seis meses. El acento, explica el Ministro, que en “el mientras tanto” se focalizó en la salud. Dicha preocupación es, al menos llamativa, cuando durante los años mencionados, las condiciones de higiene mas elementales han estado y están ausentes: cañerías recurrentemente tapadas, ratas endémicamente instaladas, ventanas sin vidrios , falta de duchas adecuadas , falta de toallas, condiciones indignas a la hora de comer, 2 vasos para 8 chicos, comiendo en el suelo o en mesas de material inmundas, a modo de ejemplo.
Por otra parte, la exposición y vulnerabilidad de los chicos frente a las guardias del Servicio Penitenciario, cuyo posicionamiento y formación no se basa en el respeto a la condición de “sujetos de derecho”. Fuerza en la que sigue habiendo entre sus integrantes quienes naturalizan los golpes y el maltrato a los detenidos, cuestión que queda de manifiesto, al informar los funcionarios, la necesidad de constantes cambios de dicho personal ante la existencia de hechos que así que lo justifican .A este entorno y condiciones, se suman el deterioro tanto personal como social de los chicos, la quema de colchones, los cortes profundos en sus cuerpos. Situaciones que ponen de manifiesto la violencia que genera tanto lo habitacional-ambiental, la falta de presencia sostenida de personal civil que proponga y genere actividades, un proyecto educativo con estrategias concretas (la erradicación del tiempo ocioso hasta hoy prácticamente constante).y la situación prolongada de encierro en los sectores (pabellones) y/o dentro de sus celdas avalada esta situación por la Dirección civil. La falta de acompañamiento de los chicos, a la hora de levantarse, desayunar, comer, etc, con el objeto de formar hábitos.-
En “el mientras tanto” si la preocupación del ministro fue la salud, entendiendo que la salud no es ausencia de dolor o enfermedad sino calidad de vida, todo lo antes descripto demuestra que la salud no está garantizada.-
Por otra parte la figura de los acompañantes juveniles, cuyas funciones no se terminan de delinear, lejos esta de poder considerarla una política de estado, desde el momento que los contratados para dicha función, lo son bajo modalidad de contratos basura, sin estabilidad laboral, lo cual genera los constantes conflictos por todos conocidos.-
Por ultimo parece que el Ministro se encuentra en la encrucijada “mano dura“ “denuncia de malos tratos”, es llamativa su manera de exponerlo en términos de una dilema en un mismo nivel.
¿Desde que lugar se pide mano dura? Generalmente partiendo del presupuesto que endureciendo las penas, bajando la edad de punibilidad de los menores que cometen delitos, se habrá de garantizar “la seguridad”.-
Desde este lugar no se filtra ninguna contradicción, ni preguntas tales como:¿qué es lo que generó y genera que hoy estos chicos encuentren como manera de sobrevivir paradigmáticamente; el robo, las adicciones y la convivencia permanente con la muerte propia, de sus compañeros , de sus amigos y de aquellos que les son ajenos y circunstanciales, cuyas vidas como las propias “no valen nada”.?
¿Estos chicos surgieron por generación espontánea? ¿Tendrán alguna relación con los años de sistemática destrucción del aparato productivo, con la pauperización en lo educativo, lo laboral, y la relación salarios poder adquisitivo? Quienes desde cada vez más pequeños encuentran como forma de sobrevivir el consumo de drogas, quienes padecen la violencia de ser marginados y estigmatizados por el solo hecho de ser pobres ¿“eligen” libre y voluntariamente ser pibes chorros?
En realidad, el punto es que no existe dicotomía, en primer término porque un Ministro de Justicia y Derechos Humanos, no puede aceptar por vàlido un reclamo “…pidiendo casi "colgar" a los chicos en una plaza…”(SIC) y una denuncia sobre torturas y malos tratos, que requieren de la más pronta solución.- Tampoco debe buscarse un “equilibrio” entre “seguridad” y garantía de derechos, ya que en forma o modo alguno habrá seguridad sino se garantizan los derechos.-
El lugar desde donde la CTC denuncia y seguirá denunciando malos tratos y torturas es desde el compromiso con la defensa de los derechos vulnerados en los lugares de encierro, lo que en el caso particular del IRAR se hace desde que dicho instituto fue abierto.
COORDINADORA DE TRABAJO CARCELARIO
Afirma el Ministro de Justicia y Derechos Humanos "Una parte de la sociedad pide mano dura con los pibes y otros denuncian malos tratos"
¿Desde que lugar denuncia la Coordinadora de Trabajo Carcelario “malos tratos”´?
El Ministro Superti explica en la nota publicada en el diario Rosario/12 del domingo 17 de octubre de 2010, como va a ser el nuevo edificio donde funcionará el IRAR, previa información del tiempo que demandará su puesta en marcha y ejecución y la especial atención que se puso en “el mientras tanto”, preocupación absolutamente atinada teniendo en cuenta que se han cumplidos tres años de gestión, en cuyo inicio el tiempo planificado para el cierre del edificio fue de seis meses. El acento, explica el Ministro, que en “el mientras tanto” se focalizó en la salud. Dicha preocupación es, al menos llamativa, cuando durante los años mencionados, las condiciones de higiene mas elementales han estado y están ausentes: cañerías recurrentemente tapadas, ratas endémicamente instaladas, ventanas sin vidrios , falta de duchas adecuadas , falta de toallas, condiciones indignas a la hora de comer, 2 vasos para 8 chicos, comiendo en el suelo o en mesas de material inmundas, a modo de ejemplo.
Por otra parte, la exposición y vulnerabilidad de los chicos frente a las guardias del Servicio Penitenciario, cuyo posicionamiento y formación no se basa en el respeto a la condición de “sujetos de derecho”. Fuerza en la que sigue habiendo entre sus integrantes quienes naturalizan los golpes y el maltrato a los detenidos, cuestión que queda de manifiesto, al informar los funcionarios, la necesidad de constantes cambios de dicho personal ante la existencia de hechos que así que lo justifican .A este entorno y condiciones, se suman el deterioro tanto personal como social de los chicos, la quema de colchones, los cortes profundos en sus cuerpos. Situaciones que ponen de manifiesto la violencia que genera tanto lo habitacional-ambiental, la falta de presencia sostenida de personal civil que proponga y genere actividades, un proyecto educativo con estrategias concretas (la erradicación del tiempo ocioso hasta hoy prácticamente constante).y la situación prolongada de encierro en los sectores (pabellones) y/o dentro de sus celdas avalada esta situación por la Dirección civil. La falta de acompañamiento de los chicos, a la hora de levantarse, desayunar, comer, etc, con el objeto de formar hábitos.-
En “el mientras tanto” si la preocupación del ministro fue la salud, entendiendo que la salud no es ausencia de dolor o enfermedad sino calidad de vida, todo lo antes descripto demuestra que la salud no está garantizada.-
Por otra parte la figura de los acompañantes juveniles, cuyas funciones no se terminan de delinear, lejos esta de poder considerarla una política de estado, desde el momento que los contratados para dicha función, lo son bajo modalidad de contratos basura, sin estabilidad laboral, lo cual genera los constantes conflictos por todos conocidos.-
Por ultimo parece que el Ministro se encuentra en la encrucijada “mano dura“ “denuncia de malos tratos”, es llamativa su manera de exponerlo en términos de una dilema en un mismo nivel.
¿Desde que lugar se pide mano dura? Generalmente partiendo del presupuesto que endureciendo las penas, bajando la edad de punibilidad de los menores que cometen delitos, se habrá de garantizar “la seguridad”.-
Desde este lugar no se filtra ninguna contradicción, ni preguntas tales como:¿qué es lo que generó y genera que hoy estos chicos encuentren como manera de sobrevivir paradigmáticamente; el robo, las adicciones y la convivencia permanente con la muerte propia, de sus compañeros , de sus amigos y de aquellos que les son ajenos y circunstanciales, cuyas vidas como las propias “no valen nada”.?
¿Estos chicos surgieron por generación espontánea? ¿Tendrán alguna relación con los años de sistemática destrucción del aparato productivo, con la pauperización en lo educativo, lo laboral, y la relación salarios poder adquisitivo? Quienes desde cada vez más pequeños encuentran como forma de sobrevivir el consumo de drogas, quienes padecen la violencia de ser marginados y estigmatizados por el solo hecho de ser pobres ¿“eligen” libre y voluntariamente ser pibes chorros?
En realidad, el punto es que no existe dicotomía, en primer término porque un Ministro de Justicia y Derechos Humanos, no puede aceptar por vàlido un reclamo “…pidiendo casi "colgar" a los chicos en una plaza…”(SIC) y una denuncia sobre torturas y malos tratos, que requieren de la más pronta solución.- Tampoco debe buscarse un “equilibrio” entre “seguridad” y garantía de derechos, ya que en forma o modo alguno habrá seguridad sino se garantizan los derechos.-
El lugar desde donde la CTC denuncia y seguirá denunciando malos tratos y torturas es desde el compromiso con la defensa de los derechos vulnerados en los lugares de encierro, lo que en el caso particular del IRAR se hace desde que dicho instituto fue abierto.
COORDINADORA DE TRABAJO CARCELARIO
miércoles, 3 de noviembre de 2010
Denuncias y reclamos de los internos en cárceles de la provincia de santa fe.
Escritos dirigidos a las autoridades.
Denuncias
Coronda
Quienes suscriben, los abajo firmantes, internos integrantes de la población penal total actualmente alojados en el pabellón N° 8 de esta unidad bajo su cargo, expresamos;
Que a partir del día lunes hemos tomado la determinación, previo acuerdo, de declararnos en HUELGA DE HAMBRE CON SUTURACION DE BOCA POR TIEMPO INDETERMINADO, debido a las constantes violaciones a nuestros derechos que venimos sufriendo desde hace tiempo en el penal por parte de las autoridades y las consecuencias que dicho conflicto acarrea en nuestro cotidiano vivir.
Derechos estos que estipula otorgarnos la ley en cuanto somos condenados y que están fijados en la Ley de Ejecución Penal (24.660) y que las autoridades del penal no acatan ni en lo mas mínimo como expresamos y hacemos publico aquí, por si se quiere dar un ejemplo, en lo que a higiene y alimentación respecta, todos los demás pabellones reciben la ración diaria de pan en un canasto de alambre de la panadería y en este pabellón el pan queda en el piso, por solo citar un ejemplo.
Es por esto que exigimos el traslado de los internos que hemos tomado esta medida. Que aquellos internos que no hemos pedido traslado solicitamos las mejoras en pabellón 8, exigimos que no se nos discrimine como lo vienen haciendo hasta ahora y que se adapte el pabellón al mismo régimen de convivencia que los demás pabellones del mismo régimen y hasta que no se normalice el pabellón no vamos a desistir de la medida;
En pabellón 6 de la unidad de Coronda anoche se generaron incidentes con quema de colchones por la mala actuación de un empleado del servicio penitenciario que los dejara encerrados en horario que se debió abrir el pabellón, no bastando con eso insultaba a los internos, en una actitud reiterada de mal trato por parte de este personal del servicio penitenciario.
Unidad 3 de rosario
Los delegados suspenden la mesa de dialogo al no encontrar respuesta a los diferentes reclamos.
Previa a esta resolución los defensores generales presentaron un habeas corpus por agravamiento de las condiciones de detención en la unidad tres
Sr. Director general del SP
Dr. Mariano Bufarini
S_________/_________D:
Los internos abajo firmantes, alojados en la unidad penitenciaria N º 3, vienen por el presente, en legal tiempo y forma y ante Ud. Dicen:
Que a raíz de los sucesivos casos que se vienen sucediendo y que detallaremos infra, hemos decidido en asamblea general: suspender la mesa de dialogo que se venía manteniendo entre la autoridad máxima y el cuerpo de delegados, hasta tanto se de una solución concreta que satisfaga las necesidades básicas en lo atinente a lo administrativo, así como las resoluciones judiciales.
1: como tiene conocimiento la DGSP, en un momento en que en la Unidad Penitenciaria 1 de Coronda se habían sumado alrededor de 50 casos con la modalidad restrictiva de salidas transitorias por hasta 5 horas, se pactó trasladar a todos aquellos internos que más tiempo llevaran “saliendo” con esta modalidad, dejando a criterio del juez de ejecución competente el cambio de modalidad sujeto a los criterios de fondo de cada uno de los mismos. Asimismo, la CSJP en acuerdo plenario, acordó que todos los juzgados tienen poder de decidir en forma individual y criteriosa, por cuanto las resoluciones emanadas desde el juzgado de ejecución con asiento en esta unidad, distan de ser criteriosas y ajustadas a derecho. Consideramos que violentan la ley de ejecución penal y aplican un criterio más inquisitivo que otros juzgados, no dando margen al interno a una total rehabilitación e incluso coaccionando a la actitud delictuosa. Por estas razones, se plantea una reunión con la magistrada Dra. Luciana Prunotto y la autoridad máxima del SP, Sec. De Asuntos Penitenciarios y coordinador actuante en la U-III y delegados autorizados.
2: Atento al tiempo que lleva en trámite la Reglamentación Penitenciaria de la Pcia de Sta Fe y la falta de respuestas sobre esta cuestión, hace que el avance progresivo en la parte administrativa sea lento y contradictorio, dejando a criterio de cada unidad la progresividad penitenciaria. Esta falta de respuestas sobre la puesta en vigencia de la reglamentación propiamente dicha, es puesta como parte de la suspensión del dialogo, esperando que la DGSP adopte las medidas pertinentes a los fines de agilizar la firma del proyecto y puesta en vigencia de la misma.-
3: En merito de lo precedentemente expresado, el cuerpo de delgados solicita: Respuesta escrita al presente y luego de la misma se resolverá en asamblea los pasos a seguir y el trato con la DGSP que adoptaremos, pretendiendo que la misma sea resuelta a la brevedad posible antes de adoptar otras medidas.-
Delegados pabellones de la unidad 3.
Cárcel de Piñero
La semana pasada se presento una nota dirigida al gobernador de la provincia, en la nota se enumeraban distintos hechos irregulares que vienen ocurriendo en esa unidad, nota que adjuntamos.
Al Señor
Gobernador
Dr. Hermes Binner
PRESENTE
Nos dirigimos a Ud. A fin de requerirle urgentes soluciones para las personas privadas de la libertad en la cárcel de Piñero, conforme los reclamos que los mismos nos han expuesto.
La Unidad Penitenciaria Nro. 11, inaugurada hace pocos años, nació con fallas estructurales y organizativas, que sigue padeciendo las personas privadas de la libertad allí alojadas hasta la fecha.-
De hecho, sin perjuicio que, en principio se cuentan con los lugares para talleres y escuela, Piñero, no cuenta con escuela secundaria, pese a ser necesaria ya que existe gran cantidad de internos que ha cumplido el primer ciclo y deberían poder acceder al secundario, hoy obligatorio en nuestro país.-
Los talleres que existen son escasos y muy poca la gente que en ellos se desempeñan.-
Estas dos circunstancias entre otras cuestiones, hacen que en esta cárcel, los internos no gocen de los derechos que tienen, y los obliga a transcurrir sus condenas en los pabellones con pocas o nulas posibilidades de salir de allí.- Esta situación es generadora de malestar y de conflictos interpersonales, que con gran esfuerzo los internos hoy evitan.-
Pero además de ello existen hechos puntuales que agravan aún más las condiciones de detención en esta unidad.
El cuerpo de requisas, se encuentra denunciado por apremios y vejámenes.- Pero no se han producido modificaciones.-Asimismo existen denuncias de sustracción por parte de los requisadores de elementos personales, como cigarrillos, jugos, el deterioro de pertenencias de las personas allí alojadas.- Estas cuestiones fueron puestas de manifiesto ante el director de la unidad, según nos expresan las personas privadas de la libertad, pero no se producen los anunciados cambios, sino por el contrario, reciben amenazas si siguen denunciando.- Según nos manifiestan estas cuestiones ocurren desde que el sub. adjunto Fariña esta a cargo del cuerpo.- También resulta preocupante, que las personas privadas de libertad no puedan presenciar la requisa, y controlar que pasa con sus pertenencias en una clara violación a la intimidad y privacidad de los mismos, donde sus cosas son revisadas, sin respeto por la requisa.-
En el último mes, también se han agravado las formas de realizar las requisas a los familiares y últimamente en una actitud arbitraria se procede a requisar a las visitas a la salida del penal, demorando su retiro por más de 2 horas, en lo que sin lugar a dudas, constituye una forma de extender la pena a los familiares, actitud prohibida por todas las convenciones internacionales.- La requisa se fundamenta en cuestiones de seguridad, no existe argumento para requisar a la familia a la salida. Es importante tener en cuenta que no es fácil para los familiares acceder a esta prisión, ya que no son muchos los colectivos que llegan hasta allí, por lo cual en ocasiones deben caminar aproximadamente 2k, por la ruta para tomar el colectivo en el ingreso a la localidad de Piñero.-
La panadería se encuentra infestada de ratas, y de hecho, se encontró una rata muerta en una bolsa de pan, y en lugar de descartarla por los riesgos a enfermedades, se quitó el animal muerto, algunos panes y se distribuyó entre los internos el restante pan.-
También resulta fundamental, garantizar adecuadamente la salud, nos informan que el servicio médico, no cuenta con los elementos adecuados para primeros auxilios, y que la atención medica es nula o deficitaria, de hecho en lo que va del año podemos remarcar que en Piñero fallecieron dos personas por problemas cardiacos y un muchacho falleció por una meningitis tuberculosa no tratada a tiempo.-
Existe un importante número de internos con tuberculosis, y conviven con las demás personas en los pabellones. Es necesario que se tomen acciones urgentes con relación a esta patología que tienen una gran incidencia en cárceles, para el conocimiento de parte de los internos y la necesidad de garantizar para todos las más elementales medidas de bioseguridad.-
Por lo expuesto, y ante la solicitud de las personas privadas de libertad en la cárcel de Piñero, elevamos el presente al Sr. Gobernador a fin que se implementen urgentes mejoras en la cárcel de Piñero, a fin de garantizar los derechos de las personas allí detenidas
Al aguardo de sus noticias, saludamos a Ud. atentamente
Denuncias
Coronda
Quienes suscriben, los abajo firmantes, internos integrantes de la población penal total actualmente alojados en el pabellón N° 8 de esta unidad bajo su cargo, expresamos;
Que a partir del día lunes hemos tomado la determinación, previo acuerdo, de declararnos en HUELGA DE HAMBRE CON SUTURACION DE BOCA POR TIEMPO INDETERMINADO, debido a las constantes violaciones a nuestros derechos que venimos sufriendo desde hace tiempo en el penal por parte de las autoridades y las consecuencias que dicho conflicto acarrea en nuestro cotidiano vivir.
Derechos estos que estipula otorgarnos la ley en cuanto somos condenados y que están fijados en la Ley de Ejecución Penal (24.660) y que las autoridades del penal no acatan ni en lo mas mínimo como expresamos y hacemos publico aquí, por si se quiere dar un ejemplo, en lo que a higiene y alimentación respecta, todos los demás pabellones reciben la ración diaria de pan en un canasto de alambre de la panadería y en este pabellón el pan queda en el piso, por solo citar un ejemplo.
Es por esto que exigimos el traslado de los internos que hemos tomado esta medida. Que aquellos internos que no hemos pedido traslado solicitamos las mejoras en pabellón 8, exigimos que no se nos discrimine como lo vienen haciendo hasta ahora y que se adapte el pabellón al mismo régimen de convivencia que los demás pabellones del mismo régimen y hasta que no se normalice el pabellón no vamos a desistir de la medida;
En pabellón 6 de la unidad de Coronda anoche se generaron incidentes con quema de colchones por la mala actuación de un empleado del servicio penitenciario que los dejara encerrados en horario que se debió abrir el pabellón, no bastando con eso insultaba a los internos, en una actitud reiterada de mal trato por parte de este personal del servicio penitenciario.
Unidad 3 de rosario
Los delegados suspenden la mesa de dialogo al no encontrar respuesta a los diferentes reclamos.
Previa a esta resolución los defensores generales presentaron un habeas corpus por agravamiento de las condiciones de detención en la unidad tres
Sr. Director general del SP
Dr. Mariano Bufarini
S_________/_________D:
Los internos abajo firmantes, alojados en la unidad penitenciaria N º 3, vienen por el presente, en legal tiempo y forma y ante Ud. Dicen:
Que a raíz de los sucesivos casos que se vienen sucediendo y que detallaremos infra, hemos decidido en asamblea general: suspender la mesa de dialogo que se venía manteniendo entre la autoridad máxima y el cuerpo de delegados, hasta tanto se de una solución concreta que satisfaga las necesidades básicas en lo atinente a lo administrativo, así como las resoluciones judiciales.
1: como tiene conocimiento la DGSP, en un momento en que en la Unidad Penitenciaria 1 de Coronda se habían sumado alrededor de 50 casos con la modalidad restrictiva de salidas transitorias por hasta 5 horas, se pactó trasladar a todos aquellos internos que más tiempo llevaran “saliendo” con esta modalidad, dejando a criterio del juez de ejecución competente el cambio de modalidad sujeto a los criterios de fondo de cada uno de los mismos. Asimismo, la CSJP en acuerdo plenario, acordó que todos los juzgados tienen poder de decidir en forma individual y criteriosa, por cuanto las resoluciones emanadas desde el juzgado de ejecución con asiento en esta unidad, distan de ser criteriosas y ajustadas a derecho. Consideramos que violentan la ley de ejecución penal y aplican un criterio más inquisitivo que otros juzgados, no dando margen al interno a una total rehabilitación e incluso coaccionando a la actitud delictuosa. Por estas razones, se plantea una reunión con la magistrada Dra. Luciana Prunotto y la autoridad máxima del SP, Sec. De Asuntos Penitenciarios y coordinador actuante en la U-III y delegados autorizados.
2: Atento al tiempo que lleva en trámite la Reglamentación Penitenciaria de la Pcia de Sta Fe y la falta de respuestas sobre esta cuestión, hace que el avance progresivo en la parte administrativa sea lento y contradictorio, dejando a criterio de cada unidad la progresividad penitenciaria. Esta falta de respuestas sobre la puesta en vigencia de la reglamentación propiamente dicha, es puesta como parte de la suspensión del dialogo, esperando que la DGSP adopte las medidas pertinentes a los fines de agilizar la firma del proyecto y puesta en vigencia de la misma.-
3: En merito de lo precedentemente expresado, el cuerpo de delgados solicita: Respuesta escrita al presente y luego de la misma se resolverá en asamblea los pasos a seguir y el trato con la DGSP que adoptaremos, pretendiendo que la misma sea resuelta a la brevedad posible antes de adoptar otras medidas.-
Delegados pabellones de la unidad 3.
Cárcel de Piñero
La semana pasada se presento una nota dirigida al gobernador de la provincia, en la nota se enumeraban distintos hechos irregulares que vienen ocurriendo en esa unidad, nota que adjuntamos.
Al Señor
Gobernador
Dr. Hermes Binner
PRESENTE
Nos dirigimos a Ud. A fin de requerirle urgentes soluciones para las personas privadas de la libertad en la cárcel de Piñero, conforme los reclamos que los mismos nos han expuesto.
La Unidad Penitenciaria Nro. 11, inaugurada hace pocos años, nació con fallas estructurales y organizativas, que sigue padeciendo las personas privadas de la libertad allí alojadas hasta la fecha.-
De hecho, sin perjuicio que, en principio se cuentan con los lugares para talleres y escuela, Piñero, no cuenta con escuela secundaria, pese a ser necesaria ya que existe gran cantidad de internos que ha cumplido el primer ciclo y deberían poder acceder al secundario, hoy obligatorio en nuestro país.-
Los talleres que existen son escasos y muy poca la gente que en ellos se desempeñan.-
Estas dos circunstancias entre otras cuestiones, hacen que en esta cárcel, los internos no gocen de los derechos que tienen, y los obliga a transcurrir sus condenas en los pabellones con pocas o nulas posibilidades de salir de allí.- Esta situación es generadora de malestar y de conflictos interpersonales, que con gran esfuerzo los internos hoy evitan.-
Pero además de ello existen hechos puntuales que agravan aún más las condiciones de detención en esta unidad.
El cuerpo de requisas, se encuentra denunciado por apremios y vejámenes.- Pero no se han producido modificaciones.-Asimismo existen denuncias de sustracción por parte de los requisadores de elementos personales, como cigarrillos, jugos, el deterioro de pertenencias de las personas allí alojadas.- Estas cuestiones fueron puestas de manifiesto ante el director de la unidad, según nos expresan las personas privadas de la libertad, pero no se producen los anunciados cambios, sino por el contrario, reciben amenazas si siguen denunciando.- Según nos manifiestan estas cuestiones ocurren desde que el sub. adjunto Fariña esta a cargo del cuerpo.- También resulta preocupante, que las personas privadas de libertad no puedan presenciar la requisa, y controlar que pasa con sus pertenencias en una clara violación a la intimidad y privacidad de los mismos, donde sus cosas son revisadas, sin respeto por la requisa.-
En el último mes, también se han agravado las formas de realizar las requisas a los familiares y últimamente en una actitud arbitraria se procede a requisar a las visitas a la salida del penal, demorando su retiro por más de 2 horas, en lo que sin lugar a dudas, constituye una forma de extender la pena a los familiares, actitud prohibida por todas las convenciones internacionales.- La requisa se fundamenta en cuestiones de seguridad, no existe argumento para requisar a la familia a la salida. Es importante tener en cuenta que no es fácil para los familiares acceder a esta prisión, ya que no son muchos los colectivos que llegan hasta allí, por lo cual en ocasiones deben caminar aproximadamente 2k, por la ruta para tomar el colectivo en el ingreso a la localidad de Piñero.-
La panadería se encuentra infestada de ratas, y de hecho, se encontró una rata muerta en una bolsa de pan, y en lugar de descartarla por los riesgos a enfermedades, se quitó el animal muerto, algunos panes y se distribuyó entre los internos el restante pan.-
También resulta fundamental, garantizar adecuadamente la salud, nos informan que el servicio médico, no cuenta con los elementos adecuados para primeros auxilios, y que la atención medica es nula o deficitaria, de hecho en lo que va del año podemos remarcar que en Piñero fallecieron dos personas por problemas cardiacos y un muchacho falleció por una meningitis tuberculosa no tratada a tiempo.-
Existe un importante número de internos con tuberculosis, y conviven con las demás personas en los pabellones. Es necesario que se tomen acciones urgentes con relación a esta patología que tienen una gran incidencia en cárceles, para el conocimiento de parte de los internos y la necesidad de garantizar para todos las más elementales medidas de bioseguridad.-
Por lo expuesto, y ante la solicitud de las personas privadas de libertad en la cárcel de Piñero, elevamos el presente al Sr. Gobernador a fin que se implementen urgentes mejoras en la cárcel de Piñero, a fin de garantizar los derechos de las personas allí detenidas
Al aguardo de sus noticias, saludamos a Ud. atentamente
martes, 28 de septiembre de 2010
petitorio entregado a las autoridades penitenciarias el 24 de septiembre en la unidad 1 de Coronda
Coronda, 24 de septiembre de 2010.-
Señores
Secretario de Asuntos Penitenciarios
Dr. Leandro Corti
Director del Servicio Penitenciario
Dr. Mariano Bufarini y
Director de la Unidad Nro. 1
Dr. Gabriel Zelante
PRESENTE
De nuestra consideración:
Quienes suscriben, en su totalidad, en representación de los internos alojados en los Pabellones, 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 venimos ante Uds. a plantear lo que abajo detallamos y consideramos ajustado a derechos:
Que previo a ello, destacamos que resulta necesario, profundizar cambios para que no se violen los derechos de las personas alojadas en esta unidad, y en estos reclamos profundizaremos las medidas a tomar, siempre dentro del marco de la reglamentación vigente y de manera pacifica y sin interrumpir el dialogo.- En este sentido, como cuestión previa y fundamental queremos una discusión profunda y seria en los temas del peculio que no se esta pagando en el sector del IAPIP. Porque lo paga la cárcel y no el IAPIP, necesitamos que cuando se hable del tema del peculio recordemos los descuentos que se nos hacen cada vez que tomamos medidas para pedir lo que nos corresponde. Los que más sufrieron son los que están con salidas transitorias.
Atento a ello pretendemos que la dirección analice varios puntos a saber:
1.- Respeto: Se respete el orden de los días de vista, haciendo que nuestros familiares sean respetados por el personal penitenciario, que nuestras visitas masculinas y femeninas no sean objeto de manoseos por parte del personal del servicio penitenciario.-
2.- Higiene: Se haga efectivo el cumplimiento del art. 58 de la ley de Ejecución de la Pena Privativa de la libertad.-
3.- Educación: Se de participación concreta en el nivel educativo primario y secundario.-
4.- Biblioteca: Se permita el acceso al Sector biblioteca para recreación y educación de los internos establecido en el art. 133 y ssg. de la mencionada ley.
5.- Trabajo, deber y derecho: Se trate de direccionar con el equipo interdisciplinario de laborterapia para una mayor adecuación de la capacitación de los internos en condiciones de cumplir una labor en talleres tanto cárcel, como del IAPIP, conforme lo establecido por el art. 144 de la Ley 24.660/11.661/98.- Se haga efectivo el articulo 120 de la ley 24.660.-
6.- Mesa de dialogo: Se respete el orden de las mesas de dialogo y que las mismas sean organizadas mensualmente como lo establece el art. 2 de la resolución Nro. 1611 del 26/11/2007 de Dirección General, como así también se autorice, a que previamente a la fecha pactada para la realización de la Mesa de dialogo los delegados realicen reuniones para preparar y desarrollar los temas que serán tratados durante la Mesa, como lo establece el art. 3 de la misma resolución.- Solicitando que ambas instancias, o sea Mesa de dialogo y reunión previa de delegados, sea en conjunto de ambas alas y con la totalidad de los pabellones.-
Se haga efectiva la confección de un acta en cada mesa de dialogo: Solicitar la confección de un “acta de acuerdo” en la cual se documente los requerimientos expresados por los delegados de las personas privadas de la libertad, como así también de los compromisos asumidos entre los integrantes de la mesa de dialogo, como lo establece el art. 3 en el anexo 1 de la resolución Nro. 001 de fecha 26/4/2008.-
7.- Ampliar la capacidad de los pabellones no evangélicos, y que se adecuen más pabellones al régimen común, se flexibilice el régimen en los pabellones de culto.-
8.- Apertura: Se de apertura a los pabellones con más régimen de puertas abiertas durante las horas de recreo, lo que facilita la comunicación entre los internos y la sociabilidad de los mismos, pilar fundamental de la convivencia diaria.
9.- Reglamentación de la ley de adhesión a la ley 24660.-
10.- Limpieza de la cocina: Que se cumplimenten con las medidas básicas de higiene y bioseguridad en la cocina del penal.-
Elevamos el presente petitorio, solicitando una reunión con Uds., Sres. Secretario de Asuntos Penitenciarios, Director General y Director de la Unidad, para tratar los puntos antes expuestos, encontrándonos dispuestos al dialogo en forma permanente.-
En espera de una respuesta favorable saludamos a Uds. atentamente.-
Señores
Secretario de Asuntos Penitenciarios
Dr. Leandro Corti
Director del Servicio Penitenciario
Dr. Mariano Bufarini y
Director de la Unidad Nro. 1
Dr. Gabriel Zelante
PRESENTE
De nuestra consideración:
Quienes suscriben, en su totalidad, en representación de los internos alojados en los Pabellones, 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 venimos ante Uds. a plantear lo que abajo detallamos y consideramos ajustado a derechos:
Que previo a ello, destacamos que resulta necesario, profundizar cambios para que no se violen los derechos de las personas alojadas en esta unidad, y en estos reclamos profundizaremos las medidas a tomar, siempre dentro del marco de la reglamentación vigente y de manera pacifica y sin interrumpir el dialogo.- En este sentido, como cuestión previa y fundamental queremos una discusión profunda y seria en los temas del peculio que no se esta pagando en el sector del IAPIP. Porque lo paga la cárcel y no el IAPIP, necesitamos que cuando se hable del tema del peculio recordemos los descuentos que se nos hacen cada vez que tomamos medidas para pedir lo que nos corresponde. Los que más sufrieron son los que están con salidas transitorias.
Atento a ello pretendemos que la dirección analice varios puntos a saber:
1.- Respeto: Se respete el orden de los días de vista, haciendo que nuestros familiares sean respetados por el personal penitenciario, que nuestras visitas masculinas y femeninas no sean objeto de manoseos por parte del personal del servicio penitenciario.-
2.- Higiene: Se haga efectivo el cumplimiento del art. 58 de la ley de Ejecución de la Pena Privativa de la libertad.-
3.- Educación: Se de participación concreta en el nivel educativo primario y secundario.-
4.- Biblioteca: Se permita el acceso al Sector biblioteca para recreación y educación de los internos establecido en el art. 133 y ssg. de la mencionada ley.
5.- Trabajo, deber y derecho: Se trate de direccionar con el equipo interdisciplinario de laborterapia para una mayor adecuación de la capacitación de los internos en condiciones de cumplir una labor en talleres tanto cárcel, como del IAPIP, conforme lo establecido por el art. 144 de la Ley 24.660/11.661/98.- Se haga efectivo el articulo 120 de la ley 24.660.-
6.- Mesa de dialogo: Se respete el orden de las mesas de dialogo y que las mismas sean organizadas mensualmente como lo establece el art. 2 de la resolución Nro. 1611 del 26/11/2007 de Dirección General, como así también se autorice, a que previamente a la fecha pactada para la realización de la Mesa de dialogo los delegados realicen reuniones para preparar y desarrollar los temas que serán tratados durante la Mesa, como lo establece el art. 3 de la misma resolución.- Solicitando que ambas instancias, o sea Mesa de dialogo y reunión previa de delegados, sea en conjunto de ambas alas y con la totalidad de los pabellones.-
Se haga efectiva la confección de un acta en cada mesa de dialogo: Solicitar la confección de un “acta de acuerdo” en la cual se documente los requerimientos expresados por los delegados de las personas privadas de la libertad, como así también de los compromisos asumidos entre los integrantes de la mesa de dialogo, como lo establece el art. 3 en el anexo 1 de la resolución Nro. 001 de fecha 26/4/2008.-
7.- Ampliar la capacidad de los pabellones no evangélicos, y que se adecuen más pabellones al régimen común, se flexibilice el régimen en los pabellones de culto.-
8.- Apertura: Se de apertura a los pabellones con más régimen de puertas abiertas durante las horas de recreo, lo que facilita la comunicación entre los internos y la sociabilidad de los mismos, pilar fundamental de la convivencia diaria.
9.- Reglamentación de la ley de adhesión a la ley 24660.-
10.- Limpieza de la cocina: Que se cumplimenten con las medidas básicas de higiene y bioseguridad en la cocina del penal.-
Elevamos el presente petitorio, solicitando una reunión con Uds., Sres. Secretario de Asuntos Penitenciarios, Director General y Director de la Unidad, para tratar los puntos antes expuestos, encontrándonos dispuestos al dialogo en forma permanente.-
En espera de una respuesta favorable saludamos a Uds. atentamente.-
lunes, 2 de agosto de 2010
Huelga general en U. 11 de Piñero
COMIENZA UNA HUELGA DE HAMBRE GENERAL EN LA UNIDAD XI DE PIÑERO
(En la Unidad ·3 de Rosario tambien comienza una medida de huelga de hambre en reclamos puntuales que van a ser elevados a las autoridades del penal con un petitorio propio.)
El petitorio fue entregado a CTC, el día viernes en una reunión de delegados donde participaron todos los módulos. El día lunes los delegados entregaran el mismo a la autoridades.
PETITORIO
Dirigida al gobernador de la Provincia y demás autoridades competentes
DE NUESTRA MAYOR CONSIDERACIÓN
LOS INTERNOS DE LA UNIDAD XI DE PIÑERO NOS DIRIGIMOS A LAS AUTORIDADES PERTINENTES EN LOS ENUNCIADOS A CONTINUACIÓN EXPRESAREMOS:
1-CONMUTACIONES DE PENAS.
2- CELERIDAD DEL ACCIONAR POLÍTICO EN CUANTO A LAS DEMORAS DE PROCESOS PENALES.
3- CRITERIOS CLAROS SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY 24660 POR PARTE DEL JUZGADO DE EJECUCION DE PENAL DE ROSARIO.
FUNDAMENTACIÓN.
1. La selectividad estructural del sistema penal que distingue entre los delincuentes de calle y los de cuello blanco. Hay hipócritas que pretenden encarcelar a todo el mundo. Y que los jueces se conviertan en verdugos de los pobres y excluidos. Piden que se condenen a niños para meterlos en las cárceles donde sean aún más excluidos. Zafaroni en criticas de Argentina: en casi dos décadas, del 80 al 90, del 90 al 2000 se destruyó el país, se gestó una exclusión social sin precedentes, se retrocedió en salud y educación, se descuidaron los planes sociales, y se desarmó el trabajo, el empleo , se perdieron hábitos laborales, nos quedamos sin dinero, se bloquearon los ahorros de la gente y otra barbaridades más. Solo un tonto puede creer que esto puede ser gratuito, que no tenga un costo social en violencia. Lamentablemente, hay hipócritas que piden que todo el presupuesto se invierta en cárceles y seguridad….Estas consideraciones muchas de ellas hecha por quien es hoy ministro de la corte, Zafaroni, cobran actualidad y validez toda vez que en la actuación política, no se avizora en la provincia, una modalidad de cambio, mucho menos PROGRESISTA, sobre los temas penales, todo va en camino al encarcelamiento de más personas, el poder político dice lo que la gente quiere escuchar haciéndose eco de los medios de comunicación que informan erróneamente.
Cuando hablamos de conmutaciones de pena hablamos de un poder conferido solo al gobernador de turno en la provincia, pero para ello todo interno debe cumplimentar requisitos a tal fin, las conmutaciones que en número de 70 se dieron responden a una presentación de mas de mil. Esta cifra irrisoria no es una dádiva hacia el individuo sino como un incentivo de cara a la resocialización, nadie en una fábrica de trabajadores que cumplen con todas las reglamentaciones les daría un plus solo a 74 trabajadores, porque estaría ante un posible conflicto.
Este pequeño ejemplo debe servir a las autoridades de turno. Una política carcelaria clara hará en beneficio de la sociedad una mejor persona al liberado y no el análisis fascista de creer que compensa el delito, la falta de análisis es hipócrita y demagógica como lo señala Zafaroni.
Construir cárceles como depósitos de personas arruinando vidas y familias enteras no es aplicar políticas de estado progresistas. Esto tiende a acercarse mucho a los campos de concentración Nazis. Los políticos incentivan un sistema panóptico donde todos sean vigilados como se reflotó ahora con el jefe de gobierno de Buenos Aires….
Al señor gobernador pedimos un análisis a través de sus asesores de las demandas carcelarias interactive con los protagonistas del caso. No opine de futbol si no lo entiende, no opine de amor sino lo tiene, no opine de seguridad sino ha hecho un estudio un estudio completo y no ha hablado con los actores. Porque por mal que le pese es responsable del deterioro del sistema. Ganar una elección no significa ser el mejor sino muchas veces el menos peor. Intentar otros caminos sociales es una forma de ser distinto, el estudio de las situaciones le dará una mejor expectativa y mucho mejor será el resultado a alcanzar.
2. El accionar político provincial ha dejado muy en claro su ineficacia. No es escusa decir que no cuenta con las herramientas porque al ganar las elecciones la constitución provincial le otorga una mayoría en la cámara de diputados para impulsar leyes para beneficio de la sociedad.
En el ámbito de la provincia hay causas que duran años en proceso violando todos los tratados internacionales. Pero desde la hipocresía del Poder transcriben leyes arbitrarias para que los procesos duren muchísimo evitando poder ser denunciados ante cortes internacionales. Se hacen eco de leyes sacadas de los pelos como las del falso ingeniero Blumberg sin tener la decencia por parte del poder político de llevar al análisis esas leyes nacidas de un mentiroso con pretensiones políticas. Con este nivel de individuos en la case política poco futuro tiene cualquier viso de progresismo.
La responsabilidad del Ejecutivo en el individuo ya condenado es primordial. Hacer oídos sordos a los reclamos y solicitudes es poco menos que instar a medidas de fuerzas que luego son televisadas. No caeremos en la trampa de la publicidad sino que queremos dar a conocer los pedidos y argumentos para que se responsabilicen de la situación.
3. En cuanto a lo que compete al juzgado de ejecución penal corresponde señalar que toda ley debe ser respetada y los criterios subjetivos de los jueces deben ir a un segundo plano, sino entra en un claro acto discriminatorio de personas como lo señaló el ministro de la Corte Zafaroni, delincuente de la calle y los de cuello blanco, esto también los involucra porque existe una Constitución Nacional y una ley contra la discriminación de personas.
Los juzgados de ejecución discriminan cuando hacen un uso arbitrario de la ley que los legisladores dictaron sacando de contexto los párrafos más duros de la ley dejándola vacía de concepto. Por lo tanto al aplicarse no se cumple con el objetivo para el cual fue dictada.
Desde el juzgado de ejecución se exige conducta ejemplar. La conducta es un estamento arbitrario propio del servicio penitenciario llámense celadores, oficiales y demás autoridades, donde el interno no posee derecho a presentar defensa, sino un simple descargo ante la autoridad que lo sancionó es la misma institución juez y verdugo. El juzgado debe ser controlador de esta arbitrariedad y sin embargo hace caso omiso. Pero si valora al momento de otorgar un beneficio. No estamos diciendo cual es su labor sino que se cumpla con lo estipulado en la ley 24660.
El dialogo es fundamental en cualquier ámbito de la vida social, un juez no puede apartarse de ello, sino tendría que hacer oídos sordos a la presión social y apartarse del poder político que condiciona su accionar.
Este análisis que hacemos lleva años de una misma forma de accionar con vicios tan marcados siendo que tiene bajo su tutela apersonas con alto nivel de exposición. Estando en libertad están signadas por las decisiones de los poderes políticos y abandonados por el estado. Y privadas de la libertad pretenden tutelarlos arbitrariamente.
Por todo ello solicitamos
Se revise el tema de conmutaciones de pena.
Se tome en el análisis los procesos penales, fijaciones de pena y demás tramites por los juzgados provinciales.
Intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe aunando criterios y sentando jurisprudencia.
Reglamentar la ley 24660 reformularla a fin de que no haya criterios ambivalentes en su aplicación.
Los juzgados de ejecución formen criterios de aplicación unánimes sobre salidas transitorias, cantidad de hora, tiempos probatorios para la extensión etc.
Reuniones periódicas con los delegados a modo de comisión mediadora.
De no hacer eco a esta presentación se deberá tomar otra medida de carácter de fuerza mayor.
domingo, 1 de agosto de 2010
“El depósito de los pibes invisibles”
“El depósito de los pibes invisibles”
El Instituto de Recuperación del Adolescente de Rosario (Irar) es uno de los grandes déficits que el gobierno provincial de Hermes Binner posee sobre los jóvenes en conflicto con la Ley Penal. Desde el olor nauseabundo, ratas caminando por la comida y por los aolescentes mientras intentan dormir, hasta maltrato por parte de alguna de las guardias del Servicio Penitenciario que hoy vigilan el edificio, son tan sólo algunas de las humillaciones que allí pasan.
El Enfoque Web recorrió sus instalaciones, dialogó con los chicos que allí se encuentran y confirmó lo que se viene denunciando desde hace ya unos años por parte de la Coordinadora de Trabajo Carcelario: Las condiciones de vida son indignas e inhumanas para cualquier persona.
El edificio
El Irar está ubicado en Saavedra y Cullen, en la zona noroeste de la ciudad, inmerso en una arboleda gigante. Desde afuera, los muros de contención con alambrado de púas encima, se hacen visibles desde cientos de metros.
Las dificultades están a la vista. Una vez que se atraviesa el pasillo principal y se ingresa a los sectores, el olor y el desorden crecen a cada paso. Con una fuerte presencia policial, la primera impresión que uno obtiene es la de una cárcel, tal cual se suelen describir en algunas películas.
Según Soledad Hernández, de la Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC), el Irar dispone de siete sectores destinados a alojamiento de chicos. “Hoy se usan nueve, los siete sectores, más enfermería y admisión, y esos son lugares que no están pensados para alojar a los chicos”, afirma Hernández.
El edificio posee capacidad para 45 jóvenes, sin embargo, durante el último verano la cantidad de alojados ascendió a 62. Para la integrante de la CTC, esto “es un gran problema no sólo por las condiciones de vida, sino porque el año pasado la media era de 25 chicos y hoy ronda los 40”. Agrega Hernández: “Esto demuestra la ineficacia de un sistema fuera y dentro del Irar, porque muchos de los pibes entran, salen y vuelven”Un paisaje cotidiano dentro del Instituto son la suciedad y las cañerías tapadas, sobre todo en los espacios no designados para el alojamiento de jóvenes. Los baños absolutamente infectos, rebalsados, cañerías rotas, duchas inexistentes y sectores en condiciones de humillación constante, además de ratas que circulan por todo el establecimiento, son algunos de los problemas que el Irar posee. A eso, hay que sumarle la falta de agua caliente en determinadas zonas. En diálogo con El Enfoque Web los propios chicos cuentan: “Acá nada de agua caliente, sale siempre fría, y encima todo está hecho de piedra, que es helado”. Las quejas y reclamos, a medidas que se entra en lo profundo del Irar son cada vez más, con realidades más crudas. Hernández, que visita a los chicos cada 15 días, afirma que al edificio habría que “implosionarlo” porque no sirve y “no recupera nada”.
Una visión casi similar, aunque diversa en algunos aspectos, es la que brinda la jueza de Menores María del Carmen Musa. La magistrada afirma: “Es un edificio que nunca estuvo a punto para funcionar”. Además, Musa sostiene que con el Irar solo no alcanza y que es un lugar de “máxima seguridad que siempre tuvo inconvenientes.Por otro lado, la Coordinadora de Trabajo Carcelario ha elaborado un sinnúmero de informes donde se describen diversas situaciones violatorias de los Derechos Humanos. Hernández afirma que muchos chicos son maltratados por parte del personal de alguna de las tres guardias del Servicio Penitenciario que custodia el Irar. “Aquellos que están a cargo del servicio lo saben, no es algo que se ignora”, sostiene. Además, Hernández acusa que en muchas ocasiones los chicos son golpeados y no lo denuncian, porque “eso implica que después te van a dar una paliza peor, esto es así, aunque haya gente que se sienta molesta por esto”. La jueza de Menores, María del Carmen Musa, sostiene: “Cada dos por tres recibimos denuncias de maltrato, pero son denuncias”. Otro de los tantos déficit radica en la escolaridad de los chicos. En el Insituto hay alojados dos jóvenes que desde hace más de un año entran y vuelven a ingresar. Los mismos, cuenta Hernández, son analfabetos. Para la CTC esta es otra muestra del fracaso de la enseñanza dentro del sistema: “Cómo puede ser que esos dos pibes no hayan podido ser alfabetizados todavía”, denuncia Hernández.
“Los Invisibles”
Las palabras de uno de los jóvenes que está en el Irar desde hace casi un año refleja las condiciones de vida: “El problema es que si no te mantienen entretenido, te empezás a cortar todo el cuerpo, porque es insoportable esto”. “El encierro te mata”, nos cuenta con timidez Omar O.
Con una infancia conflictiva y una mirada constantemente hacia el suelo relata cómo es estar allí: “A veces vienen y nos ““desengoman”” (desengomar es estar fuera de la celda) un rato, pero necesitamos aprender oficios, carpintería, soldar, algo que nos sirva para después, para cuando salgamos de acá”. Omar fue papá de una nena hace poco y nos confiesa sus deseos de cambiar, “ya fue, yo ya sé lo que quiero, salir de acá y estar con mi novia, mi hija y mi familia”.
Los casos como Omar se multiplican con el avance y el recorrido por los sectores. Juan C. está acostado sobre las largas banquetas de cemento que ofrecen de tribuna para acceder a un televisor y sostiene que la vida dentro del Irar es “imposible”. Juan está en el edificio por enfrentarse a tiros con un policía, hecho por el que recibió un disparo en su muslo izquierdo. “A los más chicos le digo que piensen antes de hacer las cosas, no saben lo que es estar acá”, cuenta con la mirada perdida Juan.
Producción Periodística
Ileana Rio Gonzalo J. García
El Enfoque Web
sábado, 24 de julio de 2010
Carcel de Las Flores, suspension parcial de la medida
Atento a la resolución de los compañeros de la unidad Nº 1 de Coronda, los internos de la u-2 las flores, decidimos, por el momento suspender de forma parcial la medida.
para que esta suspensión tenga el mismo carácter de la misma tomada en la Cárcel de Coronda, solicitamos.
1º)- que el lunes el Dr Corti se apersona a la unidad y reciba a los delegados de la misma .
2º)- se firme un acta acuerdo con lo ahí resuelto.
3º)- se de un plazo a los pedidos de ahí emanados.
por lo que al día de la fecha, el penal de Las Flores tiene una suspencion parcial de la medida, para poder regularizar la misma para la visita del día domingo, y se postergará luego de la reunión y acuerdo mediante con el Dr, Corti.
internos U- 2 Las Flores.
para que esta suspensión tenga el mismo carácter de la misma tomada en la Cárcel de Coronda, solicitamos.
1º)- que el lunes el Dr Corti se apersona a la unidad y reciba a los delegados de la misma .
2º)- se firme un acta acuerdo con lo ahí resuelto.
3º)- se de un plazo a los pedidos de ahí emanados.
por lo que al día de la fecha, el penal de Las Flores tiene una suspencion parcial de la medida, para poder regularizar la misma para la visita del día domingo, y se postergará luego de la reunión y acuerdo mediante con el Dr, Corti.
internos U- 2 Las Flores.
Carcel de Coronda se suspende la huelga por dos meses
Se normaliza la cárcel de coronda, luego de varios días de huelga de hambre y de talleres... La decisión fue tomada en forma unánime por todos los delegados de la unidad. reunidos con el director de la Unidad, el Secretario de Asuntos Penitenciarios y la intervención de Coordinadora de Trabajo Carcelario. La medida se suspende por el lapso de dos meses al aguardo de la respuesta a lo planteado.
La huelga de hambre y paro de talleres en Coronda con la adhesión del Penal de Las Flores tuvo un desarrollo acorde a lo expuesto en el primer momento en cuanto que era una medida pacífica. con comunicación de los delegados de ambas alas, se desarrolló como un ejemplo de unidad en la lucha que rompió con la división instalada de rosarinos y santafesinos. Como saldo quedó demostrado que esa unidad fue fundamental para los resultados obtenidos también se pidieron mesas de dialogo conjuntas de aquí en adelante
Desde la CTC nos habíamos comprometido hacer distintas gestiones a los tres poderes de Estado, legislativo, ejecutivo y judicial y a la difusión de la medida .así como por pedido de los internos a estar presente en el momento de la negociación. Los resultados obtenidos se deben a la decisión y firmeza de las personas privadas de la libertad, al trabajo de los delegados, al apoyo de distintas organizaciones en la difusión de la huelga.
ACTA ACUERDO CORONDA SANTA FE
En Coronda a los 23 de julio de 2010, reunidos, todos los delegados de los pabellones de la Unidad Penitenciaria Niro. 1 de Coronda, con el Sr. Secretario de Asuntos Penitenciario de la Provincia de Santa Fe, Dr. Leandro Corti, el Director de la Unidad Penitenciaria Niro. 1 Dr. Gabriel Zelante, y por la Coordinadora de Trabajo Carcelario , Lilian Echegoy y Carmen Maidagan.- En primer término el Dr. Zelante informa sobre la anterior reunión desarrollada con los delegados y el Sr. Director del Servicio Penitenciario, y el Sr Juez de Ejecución, quien informó sobre flexibilizar las salidas de 5 horas a no mas de 6 salidas, salvo casos especiales.- Que asimismo el Sr. Juez solicitó las ambientales en 8 casos.- También que el Sr. Director se encuentra analizando los casos elevados por los delegados por la progresividad de la pena, y que en el transcurso de la semana que viene dará respuesta formal.- Y que asimismo se esta trabajando en el contacto de los diputados nacionales para la derogación de las llamadas leyes Blummberg, poniéndose a disposición de los internos.- Los delegados plantean lo exiguo de las conmutaciones otorgadas, informando el Dr. Corti que se están analizando alrededor de 100, entre las cuales existen 23 fijaciones de pena, e informando que se elevaron un conjunto de pedidos de conmutaciones de las cuales se firmaron a la fecha 74 restando el análisis de los pedidos faltantes, vale decir, 93, cuya respuesta se plantearía estimativamente en un plazo estimado de dos meses.- Los delegados luego de deliberar, le hacen saber a las autoridades que suspenden la huelga por un término de dos meses, al aguardo de una respuesta favorable a las conmutaciones pendientes, solicitando que en ese plazo se realice una nueva reunión con todas las partes hoy presentes.- Que asimismo, los delegados solicitan a las autoridades que de aquí en más las reuniones de delegados se hagan en forma conjunta entre las dos alas y que cada 15 días sean de delegados. A su vez, plantean una frecuencia mensual de las meses de diálogos y que se produzca el traslado definitivo de un interno que hace 5 años esta fuera de la provincia, siendo un reclamo del total de la población.- Con lo que no siendo para más se firma la presente de conformidad para constancia.
La huelga de hambre y paro de talleres en Coronda con la adhesión del Penal de Las Flores tuvo un desarrollo acorde a lo expuesto en el primer momento en cuanto que era una medida pacífica. con comunicación de los delegados de ambas alas, se desarrolló como un ejemplo de unidad en la lucha que rompió con la división instalada de rosarinos y santafesinos. Como saldo quedó demostrado que esa unidad fue fundamental para los resultados obtenidos también se pidieron mesas de dialogo conjuntas de aquí en adelante
Desde la CTC nos habíamos comprometido hacer distintas gestiones a los tres poderes de Estado, legislativo, ejecutivo y judicial y a la difusión de la medida .así como por pedido de los internos a estar presente en el momento de la negociación. Los resultados obtenidos se deben a la decisión y firmeza de las personas privadas de la libertad, al trabajo de los delegados, al apoyo de distintas organizaciones en la difusión de la huelga.
ACTA ACUERDO CORONDA SANTA FE
En Coronda a los 23 de julio de 2010, reunidos, todos los delegados de los pabellones de la Unidad Penitenciaria Niro. 1 de Coronda, con el Sr. Secretario de Asuntos Penitenciario de la Provincia de Santa Fe, Dr. Leandro Corti, el Director de la Unidad Penitenciaria Niro. 1 Dr. Gabriel Zelante, y por la Coordinadora de Trabajo Carcelario , Lilian Echegoy y Carmen Maidagan.- En primer término el Dr. Zelante informa sobre la anterior reunión desarrollada con los delegados y el Sr. Director del Servicio Penitenciario, y el Sr Juez de Ejecución, quien informó sobre flexibilizar las salidas de 5 horas a no mas de 6 salidas, salvo casos especiales.- Que asimismo el Sr. Juez solicitó las ambientales en 8 casos.- También que el Sr. Director se encuentra analizando los casos elevados por los delegados por la progresividad de la pena, y que en el transcurso de la semana que viene dará respuesta formal.- Y que asimismo se esta trabajando en el contacto de los diputados nacionales para la derogación de las llamadas leyes Blummberg, poniéndose a disposición de los internos.- Los delegados plantean lo exiguo de las conmutaciones otorgadas, informando el Dr. Corti que se están analizando alrededor de 100, entre las cuales existen 23 fijaciones de pena, e informando que se elevaron un conjunto de pedidos de conmutaciones de las cuales se firmaron a la fecha 74 restando el análisis de los pedidos faltantes, vale decir, 93, cuya respuesta se plantearía estimativamente en un plazo estimado de dos meses.- Los delegados luego de deliberar, le hacen saber a las autoridades que suspenden la huelga por un término de dos meses, al aguardo de una respuesta favorable a las conmutaciones pendientes, solicitando que en ese plazo se realice una nueva reunión con todas las partes hoy presentes.- Que asimismo, los delegados solicitan a las autoridades que de aquí en más las reuniones de delegados se hagan en forma conjunta entre las dos alas y que cada 15 días sean de delegados. A su vez, plantean una frecuencia mensual de las meses de diálogos y que se produzca el traslado definitivo de un interno que hace 5 años esta fuera de la provincia, siendo un reclamo del total de la población.- Con lo que no siendo para más se firma la presente de conformidad para constancia.
miércoles, 21 de julio de 2010
Coronda en huelga de hambre.
La totalidad de los internos de Coronda lanzan mañana una protesta.
Penal en huelga de hambre.
Penal en huelga de hambre.
Aseguran que será "pacífica y abierta al diálogo". Dicen que en ese penal provincial "se violan todos los derechos de los aquí alojados". Reclaman por conmutaciones de penas, regimen de visitas y mejores condiciones de detención.
Coronda ha sido escenario de violentas revueltas en el pasado.La totalidad de los internos del penal de Coronda iniciarán mañana una huelga de hambre en reclamo de medidas que debe tomar la justicia respecto de las penas y también por condiciones de detención; según comunicaron ayer a través de la Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC). En una nota dirigida al gobernador Hermes Binner y al director general del Servicio Penitenciario Mariano Bufarini; los presos aclaran que la medida consensuada "es pacífica y en reclamo de nuestros derechos". Asimismo la CTC hizo saber que "se solicitará ante el poder judicial de la Provincia se tomen los recaudos necesarios a fin de garantizar la integridad física y de salud de los internos que se encuentran ejerciendo su derecho de peticionar ante las autoridades".
Los internos de Coronda pretenden que las autoridades provinciales analicen una serie de puntos, entre ellos:
* Fijacion de Penas: Por la fijación de penas a los internos que necesitan saber la fecha de su condena.
* Conmutaciones de Penas y Rebajas: la cual nos pertenece como lo declara la Constitución Nacional.
* Libertad Condicional: Libertad Condicional para los reincidentes la cual se viene otorgando por determinados magistrados cuando el Art. 14 del CP es inaplicable al caso concreto. Exigimos la modificación de este articulo en cuanto prohíbe otorgar el beneficio de la libertad condicional a los reincidentes por ser inconstitucional atento violar el principio del nom bis in idem.
* Salidas Transitorias: Se de cumplimiento al régimen de progresividad dispuesto, elevando las propuestas de salidas transitorias en tiempo y forma. Revocar la aplicación en el régimen de salidas transitorias a un régimen normal y progresivo. Cambio de la modalidad sobre las salidas transitorias que incompetentemente aplica el Dr. Julio Arri.
* Progresividad: Se respete el régimen de progresividad, por ende, se proponga a los internos a las distintas fases del tratamiento penitenciario conforme a las reglamentaciones vigentes.
* Derogación de la Ley Nº 25.892 "Ley Blumberg": Derogación de la ley nº 25.892 , declararla inconstitucional por ser contraria al principio de resocialización, proporcionalidad y progresividad de las penas.
En el petitorio que será elevado también a legisladores provinciales, señalan que "la ley penitenciaria establece que el régimen de progresividad será tendiente a la reeducación y resocialización de los internos alojados en instituciones de régimen cerrado, semi abierto, etc. Ahora bien, la función penitenciaria debe ser siempre direccionada hacia el mejoramiento de los lazos familiares y hacer que el detenido comprenda los alcances de la ley, por ende, del delito y sus consecuencias. Nunca debe ser el tratamiento penitenciario direccionado al avasallamiento de los derechos no conculcados por la condena que es contrario a lo establecido en las leyes y en la constitución nacional que ya en la primer redacción del año 1853 estableció que: 'Las cárceles serán sanas y limpias, para resocialización y no para castigo de los reos'". Y agregan que "entendemos que en la unidad 1 del SP se violan todos los derechos de los aquí alojados".
Link a la nota:
http://www.pagina12.com.ar
Las Flores se sumó a la huelga de coronda
Autor: ALS/LM. · Fuente: Notife/LT10
LA CTC PIDE INTERNVENCIÓN ESTATAL
Las Flores se sumó a la huelga de hambre
La población carcelaria no ingresa a los talleres laborales en solidaridad con la medida que el lunes iniciaron los presos de Coronda. El gobernador ya firmó la conmutación de penas pero piden la reglamentación de la ley 24.660.
A comienzos de semana, los internos de la cárcel de Coronda iniciaron una huelga de hambre que incluye el quite de colaboración en demanda de respuestas a una serie de pedidos relacionados con aspectos de carácter judicial y otros con casos puntuales de los internos.
Vale destacar que según lo confirmó el secretario de Políticas Penitencias de Santa Fe, Dr. Leandro Corti, “el petitorio no hace referencia a mejoramiento de condiciones de detención” en la unidad penitenciaria sino más bien a cuestiones judiciales.
En ese marco, el día lunes por la tarde se confirmó que el gobernador Hermes Binner dio curso a uno de los pedidos que se realizó desde la población carcelaria referido a la rebaja en las penas. “En las conmutaciones, el trámite implica todo un proceso de valoración de cada caso, este tipo de decisiones es lo más racional, se estaba llevando a cabo y se coronó con la firma del señor gobernador” expresó el referente del Servicio Penitenciario.
Al mismo tiempo explicó que “conmutar implica establecer una rebaja puntual de la pena, hay una tradición de implementar esta medida una vez al año por lo menos”. Esto no significa que una persona acorte considerablemente su estadía en prisión sino que “son rebajas de breve duración, que se deben analizar en cada caso puntual y en función de los elementos objetivos que tiene cada una de las situaciones planteadas”, tal como lo comentó.
Cabe mencionar que cuando se le consultó sobre el porcentaje de la población carcelaria que está sin condena firme, el funcionario estimó que se trata del 40% del total provincial. Sobre esto mencionó que el caso de los presos sin condena “es un problema estructural en el país”. “Lo deseable seria avanzar en la aceleración de los procesos penales en un plazo razonable” finalizó el funcionario.
A esta situación se sumó en la presente jornada una información proveniente del noroeste del ejido urbano. Los internos del penal de Las Flores se sumaron a la protesta. Si bien no concretan huelga de hambre, los presidiarios no prestan servicio en los talleres y se niegan a salir de sus celdas.
Frente a este panorama, Corti comentó que hoy se producirá un "acercamiento entre la jurisdicción penitenciaria y los delegados de la cárcel de Coronda, a los fines de que el magistrado dialogue y explicite criterios que son los que se cuestionan por parte de la población carcelaria”.
De esta manera confirmó la realización de una reunión entre “el juez de ejecución penal a cargo de la cárcel, el director general del servicio penitenciario y el director de la unidad a los fines de acercar posiciones y avanzar en pos de la solución de esta situación” informó el funcionario.
La huelga tiene “un grado de organización valorable”
Así lo consideró Lilian Etchegoy, integrante de la Coordinadora de Trabajo Carcelario, quien recordó que este tema “no es nuevo” sino que se trata de una solicitud que lleva años. A modo de ejemplo rememoró que “antes de ésta hubo una huelga de una semana en el pabellón 6 a la que se sumaron el 10 y el 12”. Frente a esto, desde la CTC “hicimos una denuncia pública por las condiciones en las que se encontraban los internos y hubo acuerdo para hacer algo más masivo”.
Por ello consideró que la medida de fuerza que se concreta en el penal ubicado en la vecina localidad “lleva un grado de organización que es valorable”. Si bien agregó que “la medida es totalmente pacífica” y que se espera que se solucione “al ir resolviendo estas cuestiones”, solicitó a los funcionarios del Gobierno provincial que “no minimicen la medida porque los internos del ala norte y el ala sur, es decir, de Rosario y Santa Fe están unidos en la medida con toda la historia que la cárcel tiene”.
En el mismo sentido ratificó que la paz en el penal es total, que no se detectan conflictos pese al estado de situación que implica una huelga de hambre y que aún se desconoce hasta cuándo continuará el plan de lucha. No obstante adelantó que si para el fin de semana no se resuelve, se estableció que no ingresará la visita, como un modo más de protesta.
Finalmente argumentó que pese a que la conmutación de penas ya fue rubricada aún resta resolver algunos temas relacionados con la reglamentación de la ley 24.660 que hace a la fijación de penas y las salidas transitorias, lo que consideró como “una deuda pendiente de la administración” socialista.
LA CTC PIDE INTERNVENCIÓN ESTATAL
Las Flores se sumó a la huelga de hambre
La población carcelaria no ingresa a los talleres laborales en solidaridad con la medida que el lunes iniciaron los presos de Coronda. El gobernador ya firmó la conmutación de penas pero piden la reglamentación de la ley 24.660.
A comienzos de semana, los internos de la cárcel de Coronda iniciaron una huelga de hambre que incluye el quite de colaboración en demanda de respuestas a una serie de pedidos relacionados con aspectos de carácter judicial y otros con casos puntuales de los internos.
Vale destacar que según lo confirmó el secretario de Políticas Penitencias de Santa Fe, Dr. Leandro Corti, “el petitorio no hace referencia a mejoramiento de condiciones de detención” en la unidad penitenciaria sino más bien a cuestiones judiciales.
En ese marco, el día lunes por la tarde se confirmó que el gobernador Hermes Binner dio curso a uno de los pedidos que se realizó desde la población carcelaria referido a la rebaja en las penas. “En las conmutaciones, el trámite implica todo un proceso de valoración de cada caso, este tipo de decisiones es lo más racional, se estaba llevando a cabo y se coronó con la firma del señor gobernador” expresó el referente del Servicio Penitenciario.
Al mismo tiempo explicó que “conmutar implica establecer una rebaja puntual de la pena, hay una tradición de implementar esta medida una vez al año por lo menos”. Esto no significa que una persona acorte considerablemente su estadía en prisión sino que “son rebajas de breve duración, que se deben analizar en cada caso puntual y en función de los elementos objetivos que tiene cada una de las situaciones planteadas”, tal como lo comentó.
Cabe mencionar que cuando se le consultó sobre el porcentaje de la población carcelaria que está sin condena firme, el funcionario estimó que se trata del 40% del total provincial. Sobre esto mencionó que el caso de los presos sin condena “es un problema estructural en el país”. “Lo deseable seria avanzar en la aceleración de los procesos penales en un plazo razonable” finalizó el funcionario.
A esta situación se sumó en la presente jornada una información proveniente del noroeste del ejido urbano. Los internos del penal de Las Flores se sumaron a la protesta. Si bien no concretan huelga de hambre, los presidiarios no prestan servicio en los talleres y se niegan a salir de sus celdas.
Frente a este panorama, Corti comentó que hoy se producirá un "acercamiento entre la jurisdicción penitenciaria y los delegados de la cárcel de Coronda, a los fines de que el magistrado dialogue y explicite criterios que son los que se cuestionan por parte de la población carcelaria”.
De esta manera confirmó la realización de una reunión entre “el juez de ejecución penal a cargo de la cárcel, el director general del servicio penitenciario y el director de la unidad a los fines de acercar posiciones y avanzar en pos de la solución de esta situación” informó el funcionario.
La huelga tiene “un grado de organización valorable”
Así lo consideró Lilian Etchegoy, integrante de la Coordinadora de Trabajo Carcelario, quien recordó que este tema “no es nuevo” sino que se trata de una solicitud que lleva años. A modo de ejemplo rememoró que “antes de ésta hubo una huelga de una semana en el pabellón 6 a la que se sumaron el 10 y el 12”. Frente a esto, desde la CTC “hicimos una denuncia pública por las condiciones en las que se encontraban los internos y hubo acuerdo para hacer algo más masivo”.
Por ello consideró que la medida de fuerza que se concreta en el penal ubicado en la vecina localidad “lleva un grado de organización que es valorable”. Si bien agregó que “la medida es totalmente pacífica” y que se espera que se solucione “al ir resolviendo estas cuestiones”, solicitó a los funcionarios del Gobierno provincial que “no minimicen la medida porque los internos del ala norte y el ala sur, es decir, de Rosario y Santa Fe están unidos en la medida con toda la historia que la cárcel tiene”.
En el mismo sentido ratificó que la paz en el penal es total, que no se detectan conflictos pese al estado de situación que implica una huelga de hambre y que aún se desconoce hasta cuándo continuará el plan de lucha. No obstante adelantó que si para el fin de semana no se resuelve, se estableció que no ingresará la visita, como un modo más de protesta.
Finalmente argumentó que pese a que la conmutación de penas ya fue rubricada aún resta resolver algunos temas relacionados con la reglamentación de la ley 24.660 que hace a la fijación de penas y las salidas transitorias, lo que consideró como “una deuda pendiente de la administración” socialista.
SANTA FE › A PESAR DE LAS CONMUTACIONES DE PENAS A PRESOS
Sigue la protesta en Coronda
Fuentes:
http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/10-24521-2010-07-21.html
La firma de más de setenta conmutaciones de condenas a presos de toda la provincia, no sirvió para aplacar totalmente los ánimos de los internos de Coronda -que solo obtuvieron veinte de ellos-, por lo que un grupo continúa en huelga de hambre. Ayer en tanto se sumaron al reclamo detenidos de la cárcel de Las Flores, quienes los apoyan con una huelga en los talleres del penal, exigiendo también una segunda tanda de conmutaciones, además de la fijación de penas que alcanza a los condenados por los delitos más graves a prisión perpetua. Los detenidos son aquellos que no tienen estipulado aún los años que van a estar presos y por ende, no tienen expectativa de salida. Para hoy está programada una reunión entre el juez de Ejecución Penal de Coronda, el director del Servicio Penitenciario y del Penal con la población de la cárcel "para ir acercando posiciones y avanzar positivamente en torno a la huelga que mantienen los presos", según informó Leandro Corti, subsecretario de Asuntos Penitenciarios.
Ayer la Coordinadora de Trabajo Carcelario informó que detenidos en la cárcel de Las Flores adhirieron a los pedidos de sus pares de Coronda y realizan un paro de talleres en forma pacífica.
Por medio de una nota, los internos de la cárcel de la ciudad de Santa Fe, en reunión realizada en los pabellones y por decisión unánime de los internos, allí alojados, decidieron:
* "Adherir a todos los pedidos enumerados en el petitorio presentado en la unidad Nº 1 de Coronda".
* "Realizar un paro de talleres pacífico, sin ninguna animosidad, salvo la expresada en el escrito".
* "Ser escuchados en nuestro reclamo, y ser atendidos por dirección general, y encontrar respuestas a nuestros pedidos".
En tanto, el secretario de Asuntos Penitenciarios de la provincia, en diálogo con LT 10 sostuvo que "el trámite de conmutaciones de penas implica un proceso de valoración de cada uno de los casos. La idea es que este tipo de decisiones sean lo más serias posibles, no es un acto gracioso del gobernador sino que hay una propuesta del poder Judicial, una revisión que hacen los organismos criminológicos que intervienen y en función de todo este proceso se evalúa la pertinencia o no de la conmutación de cada caso en particular".
En ese sentido, explicó que "una conmutación significa una rebaja de la pena y hay una tradición de implementarla por lo menos una vez al año, en este caso las rebajas fueron de cuatro meses".
Además, el funcionario aclaró que el petitorio elevado por los presos de Coronda "no hace referencia a mejoras en las condiciones de detención sino a aspectos de carácter judicial, al régimen de salidas transitorias y la revisión de la denominada ley Blumberg, en relación a aquellos reincidentes que no pueden acceder a la libertad condicional".
Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que estuvo a cargo de analizar las solicitudes, explicaron que "la conmutación de pena es una facultad del gobernador prevista en el artículo 72 inciso 16 de la Constitución provincial, y es habitual que se conceda este beneficio de manera periódica (dos veces al año) con la finalidad de coadyuvar a un régimen de ejecución penal de carácter progresivo".
HUELGA EN LA UNIDAD 2 LAS FLORES SANTA FE
PETITORIO
Por medio de la presente la unidad Penal Nº Las Flores, de la ciudad de santa fe, en reunión realizada en los pabellones y por decisión unánime de los internos, allí alojados, decidimos.
1º)- adherir a todos los pedidos enumerados en el petitorio presentado en la unidad Nº 1 de Coronda.
2º)- Realizar un paro de talleres pacífico, sin ninguna animosidad, salvo la expresada en el escrito.
3º)- Ser escuchados en nuestro reclamo, y ser atendidos por dirección general, y encontrar respuestas a nuestros pedidos.
HUELGA DE HAMBRE Y DE TALLERES EN CORONDA
Petitorio
Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe
Dr. Hermes Binner
S / D
En su totalidad los internos alojados en la Unidad 1 de Coronda, alojados en el modulo Sur y Norte, pabellones: 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 de la misma, venimos ante Ud. a plantear lo que abajo detallamos y consideramos ajustado a derecho:
La ley penitenciaria establece que el régimen de progresividad será tendiente a la reeducación y resocialización de los internos alojados en instituciones de régimen cerrado, semi abierto, etc.
Ahora bien, la función penitenciaria debe ser siempre direccionada hacia el mejoramiento de los lazos familiares y hacer que el detenido comprenda los alcances de la ley, por ende, del delito y sus consecuencias. Nunca debe ser el tratamiento penitenciario direccionado al avasallamiento de los derechos no conculcados por la condena que es contrario a lo establecido en las leyes y en la constitución nacional que ya en la primer redacción del año 1853 estableció que: “Las cárceles serán sanas y limpias, para resocialización y no para castigo de los reos…”
Así las cosas, entendemos que en la unidad 1 del SP se violan todos los derechos de los aquí alojados. Por cuanto consideramos dar un vuelco en la forma de manejarnos de no obtener respuesta a nuestros reclamos, siempre en forma pacifica y adecuando nuestros reclamos a las reglamentaciones vigentes. Como medida, adoptamos en total acuerdo con la comunidad carcelaria, ajustarnos a una huelga de hambre que dará comienzo a partir del próximo lunes 19 del corriente mes.
Esta huelga se realizara de forma totalmente pacifica y con apertura al dialogo, entre los manifestantes y las autoridades del SP y gubernamentales, a quienes invitamos hacerse presentes, dado que junto a nosotros, son los responsables de mantener la paz y el bienestar en la comunidad carcelaria, los días que consideremos necesarios hasta recibir respuestas a nuestros justos reclamos que a continuación le detallamos.
Atento a ello, pretendemos que vuestra dirección analice varios puntos a saber:
1. Fijacion de Penas: Por la fijación de penas a los internos que necesitan saber la fecha de su condena.
2. Conmutaciones de Penas y Rebajas: la cual nos pertenece como lo declara la Constitución Nacional.
3. Libertad Condicional: Libertad Condicional para los reincidentes la cual se viene otorgando por determinados magistrados cuando el Art. 14 del CP es inaplicable al caso concreto. Exigimos la modificación de este articulo en cuanto prohíbe otorgar el beneficio de la libertad condicional a los reincidentes por ser inconstitucional atento violar el principio del nom bis in idem.
4. Salidas Transitorias: Se de cumplimiento al régimen de progresividad dispuesto, elevando las propuestas de salidas transitorias en tiempo y forma. Revocar la aplicación en el régimen de salidas transitorias a un régimen normal y progresivo. Cambio de la modalidad sobre las salidas transitorias que incompetentemente aplica el Dr. Julio Arri.
5. Progresividad: Se respete el régimen de progresividad, por ende, se proponga a los internos a las distintas fases del tratamiento penitenciario conforme a las reglamentaciones vigentes.
6. Derogación de la Ley Nº 25.892 “Ley Blumberg”: Derogación de la ley nº 25.892 , declararla inconstitucional por ser contraria al principio de resocialización, proporcionalidad y progresividad de las penas.
Aclaramos que la huelga es una medida totalmente pacífica y que estamos, como siempre dispuestos al dialogo. Solicitando así que se mantenga el mismo régimen de horario de cada pabellón a lo que se refiere al horario de recreación. Y que también a los internos que se encuentren actualmente gozando de sus Salidas Transitorias no tengan ningún perjuicio en las mismas.
Siendo todo cuanto debemos plantear ante Ud. dejamos hecho el reclamo y quedamos a la espera de una reunión con Ud. y el señor Secretario de Asuntos Penitenciarios Dr. Leandro Corti para una mejor contemplación de la actual condición de los alojados en esta unidad Penal, quedando abiertos al dialogo en forma permanente.
En espera de una respuesta favorable lo saludamos muy atentamente.
viernes, 9 de julio de 2010
Nora Giavedoni
“Nosotros creemos en los pibes, les tenemos confianza”, decía Nora Giavedoni. De esa manera explicaba el trabajo que realizaba con la Coordinadora de Trabajo Carcelario en el Instituto de Recuperación del Adolescente de Rosario (Irar). Tal vez esas palabras fueron también una clave de su vida, del modo en que se acercó a los demás y de su consagración a cada una de sus acciones de militancia, desde el Nacional número 2 a la Biblioteca Alberto Ghiraldo, desde los grupos anarquistas de Rosario a El Ángel de Lata, desde la Coordinadora a la Comisión Investigadora de Diciembre de 2001.
Nora falleció. a los 33 años. Había nacido el 12 de febrero de 1975 en Granadero Baigorria, donde vivió su infancia y su adolescencia. Y donde empezó a poner en práctica un compromiso social y un sentido de la solidaridad sin reservas. Era una niña cuando se puso a juntar juguetes para los chicos del Remanso Valerio.
Fue delegada en el Nacional número 2 y a partir de 1994 comenzó a participar en las actividades de la Biblioteca Alberto Ghiraldo. Desde entonces estuvo ligada a las actividades y las organizaciones del movimiento anarquista, como el Colectivo No Somos Nada, la Organización Anarquista de Rosario (OAR) y el Centro Social Libertad, en el barrio toba de Travesía y Juan José Paso. Estuvo en marchas en Rosario, en Buenos Aires, en Montevideo, y fue oradora en los actos libertarios de la Plaza Montenegro, los actos que recuperaron una tradición mucho tiempo perdida.
El proyecto del barrio toba estaba enmarcado en las propuestas de trabajo de la OAR para contextos donde los lazos sociales y comunitarios estuvieran deteriorados, como una estrategia de acción directa en la transformación de esas situaciones. Nora participó activamente en este espacio hasta 2000. Un año antes había empezado a militar en la Coordinadora de Trabajo Carcelario. Estuvo en las visitas a los presos en las comisarías, ayudó en tareas de mediación en motines y participó en el trabajo de asistencia a los presos con HIV que desarrolló la Coordinadora.
En 2000 comenzó a publicarse El ángel de lata. Y Nora estuvo también desde el principio. “Está la necesidad de dar otra versión de las cosas -dijo sobre la revista, en una entrevista que publicó el blog Una que anda por ahí (www.unaqueandaporahi.blogspot.com). El pobre no es pobre porque quiere o el chico que está en la calle no está ahí porque el padre es un jodido hijo de puta que lo mandó a laburar para explotarlo. Hay un montón de mitos y de cosas que andan dando vuelta que uno tenía la necesidad de decir que no son tan así. Nosotros queremos contar otra historia y queremos que esta gente tenga un espacio donde contar su verdad”.
Nora fue también una de las principales impulsoras de “Tormenta de sueños”, el proyecto de la Coordinadora en el Irar. Con ella, los chicos hicieron entonces un programa de radio y “La libertad”, un diario cuyos titulares eran “Los menores reclaman no estar en comisarías y quieran más granjas de rehabilitación” y “Es injusto que les abran una causa a los piqueteros”, entre otros. Volvieron a celebrar el día del amigo, hicieron un radioteatro y una propaganda para El ángel de lata. Pero para llegar a ese punto había que recorrer un camino. La confianza no estaba dada desde el principio. “Una de las cosas más importantes que sale en el taller es el tema de la aceptación -contaba Nora-. A ellos les costaba entender por qué ibamos a verlos, qué queriamos hacer y por qué no sentíamos ningún rechazo. Nos decían que éramos del centro, que éramos caretas”.
Al hablar de su experiencia en el Irar, Nora dejó reflexiones que vale la pena recordar. “La gente ha incorporado frases como que los menores entran por una puerta y salen por otra -decía-. Si fueran al Irar verían que esa puerta por donde los chicos se van rápido no existe. Ellos pasan presos cuatro, cinco meses, o un año, y no es poco tiempo, sobre todo para un chico que atraviesa la adolescencia. El otro día, en un descuido, nos quedamos encerrados quince minutos en una sala del Irar. Y nos dimos cuenta de lo que debe ser estar un mes ahí adentro”. Nora era justamente alguien que se ponía en el lugar del otro. Y que le daba su voz y su fuerza.
Huelga en el pabellón 12
Desde el día lunes 21 de junio se desarrolló una huelga de hambre en el pabellón 12 de la cárcel de Coronda, todos los internos, en huelga, se habían suturado la boca en reclamo de traslados. El miércoles 23 nos apersonamos en el pabellón y mantuvimos un dialogo con los internos, los mismos plantean las siguientes cuestiones: maltrato por parte del personal, golpes, muchas horas de encierro, falta de luz y agua, cloacas tapadas duchas que no funcionan, maltrato a la visita, inclusive la misma es recibida en un patio, donde no tiene reparo alguno y pasan frío.- Esta última cuestión inclusive fue reclamada en la última mesa de dialogo (19/5/10) sin una respuesta concreta por las autoridades. Si bien lo relevante del reclamo era el maltrato sufrido y los traslados.
En el día de la fecha se están realizando los traslados a Piñero, alcaidía y comisarías.
En este informe adjuntamos fotos que tomamos ayer en el pabellón 12, entre estas fotos se encuentran las de tres internos con marcas en la espalda ¿Cómo llamarlos: golpes, torturas o apremios ilegales?
Por otra parte hoy tenemos que lamentar otra muerte, Osvaldo Guzmán, de 30 años, en la cárcel de Piñero, sus compañeros del pabellón plantean que ayer durante todo el día estuvo con malestar y por la tarde con un dolor muy fuerte en el pecho, que pedía atención médica. Valdi, era el responsable de la sala de informática de Piñero y uno de los iniciadores de Ciudad Interna, a quien rendimos nuestro homenaje.
Luego de la huelga de hambre iniciada el 20 de junio y como resultado de la misma y por pedido de los internos fue trasladada la totalidad de pabellón. El pabellón 12 luego adhiere nuevamente junto con el pabellón 10 de Coronda a la huelga iniciada por el pabellón 6.
jueves, 8 de julio de 2010
HABEAS CORPUS CORRECTIVO
HABEAS CORPUS CORRECTIVO interpuesto a favor de los detenidos alojados en la Seccionales dependientes de la U.R. II
Y VISTOS:
La apelación de los integrantes de la Coordinadora de Trabajo Carcelario, respecto del
rechazo de la acción de HABEAS CORPUS CORRECTIVO interpuesto a favor de los
detenidos alojados en la Seccionales dependientes de la U.R. II, decidido por el titular
del juzgado en lo Penal de Instrucción Nro. 11, Expte. Nro. 1061 del año 2007, del
registro de la Mesa General de Entrada y Movimiento de la Cámara de Apelación en lo
Penal, en trámite ante esta Sala Primera,
Y CONSIDERANDO:
VOTO DR. PANGIA:
I) El señor Juez en lo Penal de Instrucción nro. 11, rechaza el recurso de Habeas Corpus
Correctivo y archiva estas actuaciones de acuerdo a la Resolución Nro. 405 de fecha 8
de junio del cte. año, la que es recurrida por los Integrantes de la Coordinadora de
Trabajo Carcelario.
II) En los agravios se expone en líneas generales que el presente recurso de habeas
corpus correctivo se interpuso con motivo de las condiciones de hacinamiento, indignas,
humillantes e inhumanas en que se encuentran detenidas las personas alojados en las
seccionales policiales de la U.R.II. Que a través de diversos informes surge que la
ocupación en las seccionales en promedio triplica la capacidad de ocupación y del
informe emanado de la Sección Planificación y Arquitectura de la jefatura local, surge
que el 70 % de las dependencias verificadas resultan inadecuadas para alojar personas.
Destacan también una información de la Defensoría del Pueblo que corrobora que los
penales policiales en su mayoría no reúnen condiciones mínimas exigibles para alojar
personas y contrariamente a lo sustentando en la resolución del a-quo, no han existido
en los últimos tres años modificaciones esenciales al respecto.
Agregan que también se han advertido patologías padecidas por los detenidos con
enfermedades de piel, lesiones por violencias, careciéndose de una adecuada atención
médica
Aluden que no obstante el compromiso de las autoridades, no se ha construido todo lo
prometido e incluso las obras del penal de Piñero y Alcaidía Mayor no se encuentran
concluidas.
Que se mantiene la aberrante situación en las seccionales tal como se anotició en su
momento y no se respetan los derechos humanos de los detenidos que deben padecer un
encierro también con olor, humedad, falta de aireación, frió gélido en invierno y calor
insoportable en verano y las ordenes de jueces para mejorar la situación fueron
sistemáticamente incumplidas.
Citan jurisprudencia y doctrina, y subrayan que ante la situación general de
agravamiento de las condiciones de detención, ante el trato cruel, inhumano y
degradante corresponde el control judicial sobre el accionar del Poder Ejecutivo ya que
corresponde a los jueces velar por los derechos mas elementales de las personas mas
cuando ellas están totalmente sometidas al poder del estado.
Remarcan que la privación de libertad por tiempo prolongado de personas procesas o
condenadas en comisarías, no se encuentra establecida por ningún ordenamiento legal,
no siendo atribución policial la custodia de detenidos salvo el breve plazo desde que se
produce su detención hasta que se resuelva su situación procesal.
En apoyo de su postulado citan las leyes 7935 y 8183, normas constitucionales,
nacionales y provinciales, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre, Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y Convención contra la Tortura y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes.
En consecuencia, solicitan se revoque la resolución impugnada y se haga lugar al
Recurso de habeas corpus correctivo interpuesto. (fs. 3370/3379).
III) El señor Fiscal de Cámara por su parte expone que comparte el criterio que informa
la resolución apelada y postula su confirmación.
IV) Analizada la cuestión, se advierte que cierto es que la seccionales policiales no son
lugares naturales para el alojamiento de detenidos, son solo alojamiento temporario.
También es verdad que se ha sobrepasado la capacidad de ocupación de las mismas.
No obstante, aún admitiendo esas falencias, que se extiende a las condiciones de
higiene, habitabilidad y atención de la salud de los detenidos en los últimos tiempos, se
ha observado cierto progreso, no el debido, tal vez, pero que revela esfuerzos de las
autoridades para paliar necesidades, cuando se dejó caer el régimen a extremos que
tornan imposible en poco tiempo superar la realidad.
La desmesura del número de detenidos en seccionales, que según el informe de la
Sección Planimetría de la U.R. II (fs. 967/968) ilustraba en su momento, que el 70 % de
las dependencias eran inadecuadas para alojar personas y que estaba triplicada la
capacidad edilicia en los orígenes de esta presentación --lo que hizo que con
oscilaciones pero el número de detenidos en seccionales policiales alcanzó el
escalofriante número aproximado de 1200 personas-- fue disminuyendo, situación a la
que contribuyó la construcción de la Cárcel de Piñero y Alcaidía Mayor en
dependencias de la Jefatura local y que permitió descomprimir el hacinamiento por
redistribución en las seccionales de situación mas crítica.
La evidente demora en las construcciones y dificultades para palear las soluciones está
muy lejos, a pesar de las marchas y contramarchas y avatares políticos, de acercarse a lo
aceptable.
En ese marco, cabe referenciar que esta acción, data del año 2004 y sin pretender
justificar y aún subrayando la mora en encarar soluciones de fondo, lo cierto es que a
través del informe actualizado emanado de la U.R. II, la situación ha mejorado.
Actualmente, existen alojadas en Seccionales policiales alrededor de setecientas
personas (700) cifra que razonablemente se espera que vaya disminuyendo con el
periódico traslado a la Cárcel de Piñero y Alcaidía Mayor.
El citado número de detenidos, es igualmente preocupante y está lejos de ser el ideal,
mas cuando existen procesados, y aún condenados, en tal situación, en falentes
condiciones.
Cabe enfatizar, coincidiendo con la presentación, que debe tenderse a evitar el
alojamiento de detenidos en seccionales, primero, porque las seccionales no son lugares
habituales de detención, deberían ser solo de tránsito; segundo, porque allí el
tratamiento carcelario está ausente y de alguna manera en pugna con lo preceptuado por
la ley 24660 y 11661 de nuestra provincia y tercero, porque la policía no es el personal
idóneo para cuidar presos y se resta a la comunidad de personal para las específicas
tareas de prevención del delito.
De lo expuesto cabe colegir --respecto del número de alojados y en una visión un tanto
optimista-- que de seguirse en esa línea es probable que en poco tiempo mas se baje aún
mas ese número y es factible que las nuevas autoridades provinciales, profundicen las
soluciones pertinentes a tan singular situación, que debe admitirse, pone en tela de
juicio el respeto a los derechos humanos de los privados de libertad y por los que el
estado debe velar.
En otro orden cabe puntualizar, que en los últimos tiempos existieron progresos en la
temática de la salud y prevención de patologías propias del hacinamiento y a las
situaciones conflictivas.
Naturalmente al disminuir el número de detenidos en seccionales, la atención se facilita
y la problemática en cuanto a secuencias propias de la situación, también se torna mas
controlable. Los informes agregados, como se advierten aluden a progresos en materia
de atención de salud y patologías habituales.
Ya esta Cámara de Apelaciones en distintas oportunidades ha abordado el tema y
siempre, dentro de la órbita de su competencia, destacó lo acuciante de la problemática
carcelaria.
Además, variados pronunciamientos emanados de distintos órganos jurisdiccionales
aludieron a la problemática y en general se coincidió en la inconveniencia e
inhabitabilidad de la mayoría de las dependencias.
Evidentemente la política carcelaria no ha sido la mejor, y esta Cámara lo ha reiterado
sin pretender invadir roles propios de los Magistrados de las respectivas causas, aunque
debe admitirse con el paso del tiempo, que se han operado cambios en la materia.
Distintos establecimientos, Cárcel de Piñero y Alcaldía Mayor, fundamentalmente están
permitiendo paliar la situación, llegándose actualmente a 700 detenidos alojados en
dependencias que no corresponden al sistema penitenciario, con la salvedad que lo
paulatino de la descongestión se debe a la carencia de personal adecuado.
Cabe subrayar que si bien se ha progresado mucho en el número y condiciones de
detención, que la situación se ha descomprimido, aún hoy, está sobrepasada la
capacidad de ocupación de la mayoría de las seccionales y las condiciones distan mucho
de ser óptimas.
Igual en la faz edilicia de los locales, en que aún con avances, la situación sigue crítica.
No cabe duda que el encierro en cuanto a fin de la pena apunta a que los detenidos
adquieran capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada
reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad y si bien la
pena de prisión está en los tiempos modernos altamente cuestionada, lo es mas para
aquellos que aún carecen de condena, se debe garantizar con énfasis un ámbito de
dignidad y de respeto a los Derechos Humanos, principios en los que esta Cámara
siempre ha velado, en el ámbito de su competencia.
Pero no puede obviarse una realidad: el creciente número de delitos --con preeminencia
en los delitos contra la propiedad-- y la imposibilidad legal de que todos los
sospechosos, aún sin condenas, recuperen su libertad. Y si bien debe exigirse que se
mejoren las condiciones de habitabilidad, aún no siendo los alojamientos óptimos, la
lógica y el sentido común impide el extremo de la libertad genéricamente considerada.
Sería inaceptable, a la luz de la lógica y el sentido común, la libertad de todos los presos
en seccionales en este momento. Una razonable decisión debe apuntar a que se le
brinden una vivencia en cuanto a condiciones dignas —que incluya la atención de la
salud, alimentación y cuidados adecuados-- de quienes deben permanecer privados de
libertad.
En síntesis, no obstante los avances logrados, la situación se ha descomprimido en
relación a lo caótico de años anteriores. Se ha progresado, aunque muy
despaciosamente, por lo que debe instarse al Poder Ejecutivo Provincial para que urja
los planes pertinentes y las decisiones que correspondan para que cese el alojamiento de
personas en Seccionales, mas allá del mantenimiento para las situaciones en tránsito,
por lo que propongo REVOCAR la decisión del A-quo y HACER LUGAR al Habeas
Corpus Correctivo interpuesto, debiendo el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto
implementar lo conducente dentro del término de veinte días, para redistribuir entre los
penales habilitados de la provincia a los detenidos actualmente en Seccionales,
conforme a los lineamientos expuestos.
VOTO DR. BERNARDINI:
I.- La queja, en síntesis, sostiene que lo actuado determina la existencia de condiciones
de hacinamiento, indignas, humillantes e inhumanas, de los detenidos en las seccionales
policiales, mayoritariamente inadecuadas en cuanto a exigencias mínimas de espacio e
infraestructura para alojar personas y con falencias en las debidas acciones de asistencia
hacia los alojados, sin que, contrariamente a lo que sustenta el juez a-quo en el rechazo,
se haya advertido en los últimos tres años modificaciones esenciales al respecto.
Expresan que no obstante el compromiso de las autoridades, no se ha construido lo
prometido, las obras de Piñero y Alcaidía Mayor no están concluidas y se han habilitado
con falencias algunas obras de minipenales proyectados en determinadas seccionales,
que no progresan o nada se ha hecho para el cumplimiento de los objetivos. Al respecto,
reseñan las declaraciones de emergencia carcelaria y acciones dispuestas para paliar la
situación desde el año 1996, los distintos incumplimientos de plazos y objetivos,
además de destacar que no se respeta la separación entre condenados y procesados,
menores con regímenes especiales y mayores. Tras manifestar que el juez a-quo efectúa
una lectura incorrecta de la jurisprudencia tanto internacional como nacional y local que
acogen la naturaleza de reclamos que aquí se requieren, recorre parte de esos
pronunciamientos. Agrega además que agravia el punto II de los considerandos de la
resolución atacada, porque confunde conceptos en punto a la posibilidad de declarar la
inconstitucionalidad, que surge del art. 43 de la Constitución Nacional y que en la
solicitud no refiere a norma alguna sino a una situación de hecho que resulta ilegal e
inconstitucional. Al respecto expresa que la privación de libertad por tiempo prolongado
en Comisarías que no se encuentra establecida por ningún ordenamiento legal, por lo
que la solicitud de inconstitucionalidad solicitada tiene como finalidad concluir con una
práctica que degrada los derechos humanos. Finalmente, con previa cita de las normas
constitucionales de la Provincia y de la Nación, incluidos instrumentos internacionales
con rango constitucional, solicita se revoque la resolución impugnada y se haga lugar al
recurso de habeas corpus correctivo.
II.- La fiscalía, por compartir el criterio del Juez a-quo, postula la confirmación de la
resolución.
III.- El eje central de la queja se sustenta en que lo actuado permite afirmar la existencia
de una sobrepoblación en seccionales policiales de la Unidad Regional II de nuestra
provincia, que configura una situación de hacinamiento y condiciones derivadas del
mismo, indignas, humillantes e inhumanas. Sin duda, los datos de la realidad que obran
en el trámite del habeas corpus no desmienten tal afirmación sino que, por el contrario,
la confirman.
Así surge de los informes provenientes de los propios organismos oficiales vinculados o
que operan sobre las personas privadas de libertad en el ámbito de nuestra ciudad. Y
luce de igual manera en otras actuaciones incoadas ante nuestros tribunales y en
numerosas oportunidades en las que esta Cámara ha intervenido, particularmente
referidas al hacinamiento en comisarías y a la necesidad de que las mismas no se
consoliden como establecimientos carcelarios permanentes, función ajena a la
competencia específica de las fuerzas policiales.
No constituyen hechos controvertidos, por lo tanto, los atinentes a la sobrepoblación en
los citados organismos. Tampoco, que lo constatado y existente importa condiciones
que afectan las exigencias constitucionales de trato digno de las personas a las que el
estado priva de su libertad y las toma en custodia, desde la normativa específica de la
Constitución de 1853, nuestra carta magna provincial y leyes específicas (arts. 18 de la
CN, 9 de la CP, ley 24660) hasta las extensiones operadas en virtud de los distintos
instrumentos internacionales signados por nuestro país o incorporados con rango
constitucional en la reforma de 1994 y a partir de la misma (Declaración Americana de
los Derechos y Deberes del Hombre-1948-, Declaración Universal de Derechos
Humanos -ONU 1948-, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -1966-,
Pacto de San José de Costa Rica -1969-), como asimismo lo que se desprende desde los
estándares de condiciones mínimas que surgen de los Principios básicos para el
tratamiento de reclusos -ONU 1990-, Principios para la protección de todas las personas
sometidas a cualquier forma de detención o prisión -ONU 1998-).
La Corte Suprema de Justicia de nuestro país, a su vez, otorga fundamento a esta
afirmación, específicamente en la cuestión de la sobrepoblación carcelaria y en reclamo
sustancialmente similar al que nos ocupa -más allá de sus diferencias-, al sostener que
no se trata de discutir cuestiones importantes pero no esenciales, como el exactísimo
cubaje de aire, dos o tres grados más o menos de temperatura u horarios de recreos y
provisión de trabajo carcelario, media hora más o menos del horario de visitas, etc., sino
que lo denunciado y lo admitido oficialmente como superpoblación carcelaria genera
muy serios peligros para la vida y la integridad física de las personas incluso ni siquiera
involucradas en los potenciales conflictos (Verbitsky, Horacio, 03-05-05). El alto
tribunal, a lo largo del citado fallo, coloca a la densidad de la población carcelaria, como
una categoría de referencia –por sí misma, aunque no la única- del cumplimiento de las
reglas mínimas de toda privación de libertad. Si bien puede ser que falten elaboraciones
más claras sobre los estándares mínimos adecuados, el cotejo de nuestra realidad de
sobrepoblación es claro para definirla por debajo de tales reglas mínimas, sin que deban
requerirse al respecto más precisiones. En definitiva, en el ámbito atinente al recurso, la
sobrepoblación configura la lesión constitucional que el recurso pretende tutelar.
La jurisprudencia mencionada, afirma una apertura hacia la existencia del habeas corpus
correctivo colectivo como forma del control constitucional. En igual forma a la prevista
expresamente para el amparo en el art. 43, segundo párrafo de la Constitución Nacional,
la Corte sostiene que el habeas corpus constituye un medio eficaz para la tutela de
bienes fundamentales que sin duda no pueden ser excluidos de las prioridades que
sustentan las cuestiones que de manera expresa habilitan el amparo. La cuestión que
tratamos, por lo tanto, debe entenderse como provista de suficiente entidad e incidencia
colectiva como para dar fundamento a la pretensión.
Cierto es que la competencia de este Tribunal, el concreto contenido de la apelación y
las cuestiones atinentes a las competencias de nivel constitucional y legal de los
organismos del estado, no ubica precisamente al Poder Judicial en el diseño de las
políticas carcelarias. Ello, sin duda, es de incumbencia directa de los Poderes Ejecutivo
y Legislativo conforme a dichos marcos normativos. El ámbito jurisdiccional de esta vía
de control, atiende al juzgamiento de las condiciones de la ejecución de la política
penitenciaria y de contención de todas las personas privadas de libertad, dentro de una
entidad conflictiva crítica en punto a las exigencias constitucionales y legales. No
concurre, por lo tanto, a la elaboración ni seguimiento puntual de tales políticas, sino a
la verificación de su correspondencia con las básicas exigencias del orden normativo,
siempre en caso de conflicto que justifique este particular modo de abordaje y en forma
que no debe implicar, en modo alguno, la inhabilitación de las competencias propias de
los jueces naturales de cada uno de los justiciables.
Los fundamentos precedentes, conducen a acoger los agravios que se levantan contra el
rechazo del habeas corpus correctivo colectivo, por cuanto se ha verificado
suficientemente, desde las propias estimaciones de los organismos competentes, la
existencia de condiciones de hacinamiento por sobrepoblación en las seccionales de
Rosario, que configuran un trato no digno de un modo que lesionan las exigencias
constitucionales y legales.
La queja, como se ha relatado, coloca en crisis la legalidad misma de las privaciones de
libertad en las seccionales policiales que exceden el tiempo propio de los primeros
momentos y que a juicio de los presentantes configura una situación o práctica
degradante. El tribunal sostiene la inconveniencia de las privaciones de libertad
prolongadas en las seccionales, que las convierte en penales y con ello se desnaturalizan
las funciones propias de los organismos aludidos. La Cámara que integra esta Sala,
como ya se ha mencionado, no ha sido ajena a la preocupación por tal práctica y en
numerosas oportunidades ha instado, a las autoridades ejecutivas, las políticas
pertinentes. Pero la realidad carcelaria muestra que la falencia tiene antigüedad en
nuestro medio y que existe una fuerte movilidad de los índices de detenidos en los
últimos años. Asimismo, que los proyectos y emprendimientos consecuentes, en
definitiva, no han sido suficientes por factores que no es el caso analizar a este Tribunal.
La cuestión exige claridad en relación a la constatación de los agravamientos por las
condiciones de la privación de libertad y, en tal sentido, el supuesto de hacinamiento se
ha acreditado. Sin embargo, en función de lo dicho, no debe integrar los alcances del
acogimiento del habeas corpus, la cuestión sobre la afirmación de la ilegalidad de toda
privación de libertad que plantea la recurrente, por el sólo hecho de permanencia en
seccionales. La recepción de la tutela se funda y sólo refiere a las condiciones de
hacinamiento que constituyen un agravamiento constitucionalmente lesivo.
En tal sentido, es necesario reiterar que corresponde al Poder Ejecutivo y Legislativo
fijar las políticas penitenciarias y de contención de todo privado de libertad.
Ciertamente que el Poder Ejecutivo debe ejercerlas dentro de los marcos y objetivos
legales, como asimismo poseer para ello y entre otras, facultades y responsabilidades
consecuentes en la distribución, entre los distintos establecimientos, de las personas
custodiadas. El tema compromete las particulares incumbencias y deben estimarse las
concretas situaciones y condiciones de viabilidad, para un correcto seguimiento y
atención cotidiana de la población carcelaria, siempre dinámica y exigente. Y también,
que tal dinámica, por lo tanto, exige permanentes prospectivas y nuevas acciones que
lleven a prever y proveer las necesidades de adecuada contención y distribución para
todos y cada uno de los casos. En tal sentido, el pronunciamiento no debe interferir ese
ámbito de incumbencia fijando pautas rígidas, prudencialmente no convenientes para un
racional abordaje de las diversas situaciones colectivas y personales que exigen diversas
respuestas respecto del alojamiento y tratamiento. La decisión, por otra parte, no debe
coartar alternativas válidas, pro homine, que pueden surgir necesarias o convenientes en
un tema crítico como el de la población carcelaria.
El alcance de la resolución, en consecuencia, no comprende una declaración con
fundamento en la ilegitimidad de toda detención prolongada en seccionales, sin
perjuicio de reafirmar la inconveniencia de su conversión fáctica en penales.
Por otra parte, la resolución tiene como presupuesto la existencia de un bonus fumus
iuris que justifica la necesidad cautelar que cada juez ha dispuesto y, consecuentemente,
no puede llegar a disponer libertades o cautelas que son discernidas por los jueces
naturales de cada imputado. Se impone, por lo tanto, un criterio prudencial que lleve
adecuadamente a la modificación de las condiciones de sobrepoblación sin invadir
esferas ajenas. Las modificaciones implican siempre un proceso. En ese proceso se
encuentra comprometido el poder administrador, dentro de un lapso que debe
discernirse razonable para llegar en el menor tiempo posible a la erradicación de las
condiciones lesivas
En definitiva, se debe revocar la resolución impugnada y hacer lugar al habeas corpus
correctivo colectivo, ordenando al Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto de la
provincia que, en lo inmediato, distribuya los excedentes de población -sobrepoblaciónde
privados de libertad actualmente existentes en las seccionales de la Unidad Regional
II, a otras unidades de detención de la región o, en su caso, de todo el sistema provincial
y, en lo mediato, culmine el proceso de distribución de modo que dichas reparticiones
no operen como establecimientos de privación de libertad permanentes, sino de custodia
en los primeros tiempos de la detención. Dentro del término de diez días, el Poder
Ejecutivo deberá informar lo actuado en lo inmediato, el panorama existente y restante y
la prospectiva de culminación de la distribución conforme a las actuales infraestructuras
y al estado de desarrollo de los proyectos de ampliación de infraestructuras que exigen
una rápida conclusión y habilitación. Corresponde además, hacer saber lo resuelto al
ministerio público fiscal y de la defensa, en los organismos correspondientes a las
fiscalías y defensoría de esta Cámara, a los fines de que puedan evaluar a través de los
miembros de esos ministerios, en su caso, la incidencia del proceso de modificación en
cada caso, y posibilitar el ejercicio del seguimiento de las privaciones de libertad,
necesidad de subsistencia de las cautelares y verificación de las particulares condiciones
de detención que pueden afectar a los imputados o asistidos. Debe remitirse copia a la
presidencia de la Cámara de Diputados y Senadores a los fines que puedan corresponder
en lo atinente al diseño de la política criminal y penitenciaria vinculada al problema de
la población carcelaria. Por último, debe remitirse copia de la resolución a los Señores
Jueces en lo penal dentro de la competencia de esta causa.
VOTO DR. SORRENTINO:
Me adhiero a los fundamentos expuestos en los votos precedentes y a la conclusión en
la que arriba el Dr. Bernardini.
Por lo expuesto, la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario,
R E S U E L V E: 1) Revocar la resolución impugnada y hacer lugar al habeas corpus
correctivo colectivo, ordenando al Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto de la
provincia que, en lo inmediato, distribuya los excedentes de población de privados de
libertad actualmente existentes en las seccionales de la Unidad Regional II, a otras
unidades de detención de la región o, en su caso, de todo el sistema provincial y, en lo
mediato, culmine el proceso de distribución de modo que dichas reparticiones no se
conviertan en establecimientos de privación de libertad permanentes. Dentro del
término de diez días, el Poder Ejecutivo deberá informar lo actuado en lo inmediato, el
panorama existente y restante y la prospectiva de culminación de la distribución
conforme a las actuales infraestructuras y al estado de desarrollo de los proyectos de
ampliación que exigen una rápida conclusión y habilitación;
2) Corresponde hacer saber lo resuelto al ministerio público fiscal y de la defensa, en los
órganos correspondientes a las fiscalías y defensoría ante esta Cámara, a los fines de
que puedan evaluar a través de esos ministerios, en su caso, la incidencia del proceso de
modificación en cada caso, y posibilitar el ejercicio del seguimiento de las particulares
condiciones de detención que pueden afectar a los imputados o asistidos
3) Remitir copia de la presente resolución a los Presidentes de las Cámaras de
Disputados y de Senadores de la Provincia, a los fines que puedan corresponder en lo
atinente al diseño de la política criminal y penitenciaria que se vincule con la
problemática de la población carcelaria.
Insértese, déjese copia, hágase saber.
Fdo: Dr. Bernardini Alberto, Dr. Pangia Ernesto y Dr. Sorrentino Eduardo.-
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